Corte Interamericana de Derechos Humanos Caso Raxcacó Reyes Vs. Guatemala Sentencia de 15 de septiembre de 2005 (Fondo, Reparaciones y Costas) En el caso Raxcacó Reyes, La Corte Interamericana de Derechos Humanos (en adelante "la Corte", "la Corte Interamericana" o "el Tribunal"), integrada por los siguientes jueces: Sergio García Ramírez, Presidente; Alirio Abreu Burelli, Vicepresidente; Oliver Jackman, Juez; Antônio A. Cançado Trindade, Juez; Manuel E. Ventura Robles, Juez, y Alejandro Sánchez Garrido, Juez ad hoc; presentes, además, Pablo Saavedra Alessandri, Secretario, y Emilia Segares Rodríguez, Secretaria Adjunta; de conformidad con los artículos 29, 31, 56 y 58 del Reglamento de la Corte (en adelante "el Reglamento") y con el artículo 63.1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (en adelante “la Convención” o “la Convención Americana”), dicta la siguiente Sentencia. I INTRODUCCIÓN DE LA CAUSA 1. El 18 de septiembre de 2004 la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (en adelante "la Comisión" o "la Comisión Interamericana") sometió a la Corte una demanda contra el Estado de Guatemala (en adelante "el Estado" o "Guatemala"), la cual se originó en la denuncia No. 12.402, recibida por la Secretaría de la Comisión el 28 de enero de 2002. 2. La Comisión presentó la demanda, a fin de que la Corte decidiera si el Estado incumplió sus obligaciones internacionales e incurrió en violación de los artículos 4 (Derecho a la Vida), 5 (Derecho a la Integridad Personal), 8 (Garantías Judiciales) y

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