21. En la sentencia del caso Ticona Estrada y otros vs. Bolivia, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (en adelante “la Corte Interamericana” o “la Corte”) también analizó este contexto. Con base en el reconocimiento estatal, la Corte estableció que el gobierno militar “desplegó una política planificada de intimidación, acoso y exterminio” contra grupos de izquierda y cualquier persona u organización que “se opusiera de cualquier modo a los propósitos de la Junta Militar”. La Corte determinó que, en dicho contexto, las “fuerzas militares y grupos paramilitares efectuaron graves violaciones a los derechos humanos, dentro de un ambiente de impunidad que favoreció la práctica sistemática de detenciones ilegales, torturas y desapariciones forzadas”7. 22. 47. En el ámbito nacional, distintas instancias y autoridades también reconocieron la ocurrencia del golpe militar y denunciaron la política de represión implementada durante la dictadura de Luis García Meza. La Corte Suprema de Justicia determinó que se desplegó una política planificada de intimidación, acoso y exterminio de miembros del Movimiento de Izquierda Revolucionaria y otros opositores, utilizando para ello grupos armados irregulares o paramilitares. La Asamblea Permanente de Derechos Humanos señaló que durante el gobierno militar se cometieron “más de medio millar de asesinatos y desapariciones forzadas, cerca a cuatro mil detenidos y millares de exiliados, además de las detenciones indebidas cotidianas […] inspirados en la famosa Doctrina de la Seguridad Nacional, en la necesidad de ‘extinguir todo despojo comunista’, […] desplegaron una política de ostensible violación a los derechos humanos eliminando físicamente a quienes se oponían al régimen […]”8. 1. El asalto a la COB el 17 de julio de 1980 23. En cuanto a la situación de derechos políticos, en su Informe de país de 1981 la Comisión Interamericana constató que días antes de ocurrido el golpe militar y frente a las elecciones generales celebradas en Bolivia el 29 de junio de 1980, ya imperaba en el país un ambiente de inseguridad e incertidumbre acerca de si las Fuerzas Armadas permitirían la consecución de dicho proceso electoral, tras sucesivos golpes militares. En dicho contexto, diferentes grupos populares acordaron la creación del Comité Nacional de Defensa de la Democracia (CONADE), integrado por la Central Obrera Boliviana (COB), partidos políticos, organizaciones religiosas, la Asamblea Permanente de Derechos Humanos y otras entidades de carácter cívico-popular. Su objetivo era alertar a la ciudadanía y prepararla para una resistencia pacífica a través de una huelga general y bloqueo de caminos en el evento de una interrupción del orden democrático9. 24. Sobre lo ocurrido el 17 de julio de 1980 durante el alzamiento militar, la Corte Suprema de Justicia de Bolivia estableció que el Palacio de Gobierno fue tomado por las armas apresando a la entonces presidenta interina Lidia Gueiler Tejada, y su gabinete ministerial. También determinó que la COB fue asaltada de forma violenta, mientras se llevaba a cabo una reunión “para ver la forma de evitar que el golpe de estado se consumara”. La Corte Suprema determinó que, en dichos hechos, se cometieron varios asesinatos y la detención de varias personas, quienes fueron trasladadas al Cuartel General a donde fueron llevados “[…] todos los apresados, entre los que se encontraban los dirigentes de CONADE, los Ministros de Estado, periodistas y trabajadores de radio y televisión, así como […] muertos y heridos”10. 25. La CIDH documentó igualmente el asalto a la sede de la COB, indicando que en dicho lugar se reunía el CONADE que preparaba una declaración decretando el paro y bloqueo de caminos; entre otros hechos Corte IDH. Caso Ticona Estrada y otros vs. Bolivia. Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 27 de noviembre de 2008. Serie C No. 191, párrs. 45-47. 8 Ver: Anexo 1. Decisión de la Corte Suprema de Justicia de la Nación de 15 de abril de 1993. Anexo a la comunicación del Estado de 25 de marzo de 2010; y Seminario Internacional: "Impunidad y sus Efectos en los Procesos Democráticos". Santiago de Chile, 14 de diciembre de 1996: Impunidad y Democracia: LA IMPUNIDAD EN BOLIVIA: Los regímenes democráticos en Latinoamérica y la impunidad. Por Waldo Albarracín de la Asamblea Permanente de Derechos Humanos de Bolivia. Disponible en: www.derechos.org/koaga/xi/2/albarracin.html. 9 CIDH. Informe sobre la situación de los derechos humanos en la República de Bolivia. OEA/Ser.L/V/II.53 doc.6 rev.2. 13 de octubre de 1981. Capítulo IV sobre derechos políticos. 10 Anexo 1. Decisión de la Corte Suprema de Justicia de la Nación de 15 de abril de 1993. Anexo a la comunicación del Estado de 25 de marzo de 2010. 7 5

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