55 configura dolo civil”190. Igualmente, en otro caso, el respectivo Tribunal de Apelaciones resaltó que “la continuidad de la operativa que realizaban los actores desde abril de 2001 [...] no es suficiente como para concluir que estaban convencidos que el negocio lo realizaba con otra empresa diferente a BM”191. 111. En cinco de los casos en los que se condenó al Banco de Montevideo, los tribunales respectivos consideraron que si bien los actores sabían o debían saber que estaban asumiendo un riesgo, no fueron debidamente informados de su real magnitud, o no se les “advirtió del sensible aumento del riesgo” 192. En estos casos se consideró que el Banco de Montevideo había incumplido con “las más elementales reglas de confianza y el deber de informar que debe regir la relación entre un banco y su cliente”193, o que no actuó “en su vínculo con la comitente con fidelidad”, puesto que no había informado debidamente de “la tambaleante situación financiera del Trade & Commerce Bank ni del problema de iliquidez del conjunto, privándole de la chance de optar por otro tipo de colocación de menor riesgo”194. Se resaltó el deber del Banco de Montevideo de brindar a sus clientes “información aclaratoria y fidedigna”195. Al respecto, la Suprema Corte de Justicia, en un 190 Autos caratulados “Pastorino, José Ángel con Banco de Montevideo S.A. y otros – Cobro de pesos – Daños y perjuicios”. Ficha No. 40-149/2003. Sentencia No. 48 del Juzgado Letrado de Primera Instancia de Concursos de 1° Turno de 31 de octubre de 2005 y sentencia No. 118 del Tribunal de Apelaciones de 2° Turno de 2 de mayo de 2007 (expediente de anexos a la contestación, tomo V, folios 14917 y 14928), y autos caratulados “Rial Merola, Jorgelina c/ Banco de Montevideo y otros – Cumplimiento de Contrato” Ficha No. 40-226/2003. Sentencia No. 6 del Juzgado Letrado de Primera Instancia de Concursos de 1° Turno de 22 de marzo de 2007 (expediente de anexos a la contestación, tomo VI, anexo 27, folio 15309). 191 Autos caratulados “Adrien Clavijo Paulina c/Banco de Montevideo en liquidación y otro – Cobro de Peses – Daños y perjuicios”. Ficha No. 2-59458/2005. Sentencia No. 15 del Juzgado Letrado de Primera Instancia de Concurso de 1° Turno de 24 de abril de 2007 y sentencia No. 275 de la Suprema Corte de Justicia de 26 de junio de 2009 (expediente de anexos a la contestación, tomo III, anexo 27, folio 14007). 192 Cfr. Autos caratulados “Pastorino, José Ángel con Banco de Montevideo S.A. y otros – Cobro de pesos – Daños y perjuicios”. Ficha No. 40-149/2003. Sentencia No. 48 del Juzgado Letrado de Primera Instancia de Concursos de 1° Turno de 31 de octubre de 2005 y sentencia No. 118 del Tribunal de Apelaciones de 2° Turno de 2 de mayo de 2007 (expediente de anexos a la contestación, tomo V, folios 14910 a 14931); autos caratulados “Bocchi Paladino, Nelson y otros c/Banco de Montevideo S.A. y otros – Medidas Preparatorias”. Ficha No. 22458/2002. Sentencia No. 12 del Juzgado Letrado de Primera Instancia de 13 de marzo de 2009 (expediente de anexos a la contestación, tomo III, anexo 27, folios 13655 a 13686); autos caratulados “Rial Merola, Jorgelina c/ Banco de Montevideo y otros – Cumplimiento de Contrato” Ficha No. 40-226/2003. Sentencia No. 23 del Tribunal de Apelaciones en lo Civil de 5° Turno de 12 de marzo de 2008 y sentencia No. 138 de la Suprema Corte de Justicia de 29 de mayo de 2009 (expediente de anexos a la contestación, tomo VI, anexo 27, folios 15289 a 15363); autos caratulados “Marenales Escrich, Jorge y otros c/ Banco de Montevideo S.A. (en liquidación) y otros – otros procesos”. Ficha No. 2-3004/2006. Sentencia No. 138 del Tribunal de Apelaciones Civil de 6° Turno de 16 de julio de 2010 (expediente de anexos a la contestación, tomo V, anexo 27, folios 15002 a 15011), y autos caratulados “Menéndez Ana María y otros c/ Banco de Montevideo S.A. y otros – Daños y Perjuicios”. Ficha No. 40/159/2003. Sentencia No. 14 del juzgado Letrado de Concursos de 1° Turno de 26 de agosto de 2010 (expediente de anexos a la contestación, tomo V, anexo 27, folio 15176). 193 Autos caratulados “Menéndez Ana María y otros c/ Banco de Montevideo S.A. y otros – Daños y Perjuicios”. Ficha No. 40/159/2003. Sentencia No. 14 del juzgado Letrado de Concursos de 1° Turno de 26 de agosto de 2010 (expediente de anexos a la contestación, tomo V, anexo 27, folio 15176). 194 Cfr. autos caratulados “Marenales Escrich, Jorge y otros c/ Banco de Montevideo S.A. (en liquidación) y otros – otros procesos”. Ficha No. 2-3004/2006. Sentencia No. 138 del Tribunal de Apelaciones Civil de 6° Turno de 16 de julio de 2010 (expediente de anexos a la contestación, tomo V, anexo 27, folios 15002 a 15011); autos caratulados “Rial Merola, Jorgelina c/ Banco de Montevideo y otros – Cumplimiento de Contrato” Ficha No. 40226/2003. Sentencia No. 23 del Tribunal de Apelaciones en lo Civil de 5° Turno de 12 de marzo de 2008 y sentencia No. 138 de la Suprema Corte de Justicia de 29 de mayo de 2009 (expediente de anexos a la contestación, tomo VI, anexo 27, folios 15337 a 15363). 195 Autos caratulados “Adrien Clavijo Paulina c/Banco de Montevideo en liquidación y otro – Cobro de Peses – Daños y perjuicios”. Ficha No. 2-59458/2005. Sentencia No. 92 del Tribunal de Apelaciones en lo Civil de 2° Turno

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