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de Jurados171, presentaron acciones contra V.P.C. y sus familiares por los delitos de injurias y
calumnias. Los abogados que apoyaron legalmente dichas acciones se encontraban relacionados
con el imputado. Entre ellos, el hermano del médico forense, quien era persona conocida de H.R.A.
y declaró como testigo en el proceso a favor del acusado172.
J. La salida de la señora V.P.C. junto a sus hijas a los Estados Unidos de América
134. El 6 de diciembre de 2002 la señora V.P.C. salió de Nicaragua junto con sus dos hijas V.R.P. y
N.R.P.173, e ingresó a los Estados Unidos donde se les concedió el asilo174.
135. Una vez radicadas en los Estados Unidos, la niña V.R.P. inició un tratamiento psiquiátrico en
el mes de octubre de 2003 debido a “sus severos síntomas relacionados con el abuso sexual que
sufrió”175. Tales síntomas consistían en depresión, ansiedad, hipervigilancia, y comportamiento
automutilatorio.
136. En el año 2003 cuando se encontraba ya instalada en los Estados Unidos, la señora V.P.C.
manifestó que “h[abía] recibido un anónimo donde una persona [le] hac[ía] ver que ya sab[ía]
dónde [se] enc[ontraba] y que pronto vendrá, ha intervenido la Oficina de Inspection Service Post
Office, y el Departamento de Niños y Familia a través de Child Protective investigador, para
proteger a mi hija de eventuales amenazas de muerte que pudieran llegar a materializarse, y todo
por el descuido y abandono generalizado a que las autoridades judiciales nicaragüenses han
sometido a toda una familia”176.
137. Con posterioridad, el 1 de abril de 2008 la niña V.R.P. tuvo que ser hospitalizada en la ciudad
de Miami durante más de quince días debido a su tratamiento frente a la depresión posttraumática177. La afectación psicológica de la niña ya había sido señalada mediante diagnósticos e
informes psicológicos y psiquiátricos realizados en Nicaragua durante y después del proceso penal
instancia por falta de impulso procesal de las partes y archivo de la denuncia por calumnias contra V.P.C. Cfr. Oficio del Juez
Local Penal de Jinotega de 1 de febrero de 2005 (expediente de prueba, tomo XV, anexo 36 al sometimiento del caso, folio
6992).
171
El 8 de mayo de 2002 la jueza de derecho y presidenta del Tribunal de Jurados presentó una acción penal en contra
de la señora V.P.C. y su hermana, por injurias y calumnias. Cfr. Escrito presentado el 8 de mayo de 2002 (expediente de
prueba, tomo XV, anexo 34 al sometimiento del caso, folios 6983 a 6985). El abogado de la denunciante fue también
abogado defensor de H.R.A. El 25 de agosto de 2003 se habría archivado la referida acción por falta de impulso procesal.
Cfr. Oficio del Juez Local Penal de Jinotega de 1 de febrero de 2005 (expediente de prueba, tomo XV, anexo 36 al
sometimiento del caso, folio 6992).
172
Cfr. Declaración indagatoria rendida por H.R.A. el 21 de noviembre de 2001 (expediente de prueba, tomo XV, anexo
2.d al sometimiento del caso, folios 6640 y 6644), y Presentación efectuada por la representante legal de la señora V.P.C.
ante la Comisión Disciplinaria de la Corte Suprema de Justicia el 1 de julio de 2003 (expediente de prueba, tomo XV, anexo
25 al sometimiento del caso, folio 6897).
173
Cfr. Informe de movimientos migratorios de V.P.C. y V.R.P. emitido por el Director de la Dirección de Migraciones de
Nicaragua el 6 de mayo de 2014 (expediente de prueba, tomo XVII, anexo 41 a la contestación, folios 8334 a 8336).
174
Cfr. Presentación efectuada por la representante legal de la señora V.P.C. ante la Comisión Disciplinaria de la Corte
Suprema de Justicia el 1 de julio de 2003 (expediente de prueba, tomo XV, anexo 25 al sometimiento del caso, folios 6897
a 6898); Resolución de la Corte de Inmigración de Miami, Florida, de 23 de septiembre de 2003 (expediente de prueba,
tomo XV, anexo 40 al sometimiento del caso, folios 7055 a 7058), y Resoluciones de la Corte de Inmigración de Miami,
Florida, de 22 de marzo de 2005 (expediente de prueba, tomo XV, anexo 39 al sometimiento del caso, folios 7050 a 7053).
175
Oficio de Kristi House, organización no gubernamental sin fines de lucro en Miami, Florida, de 3 de enero de 2005
(expediente de prueba, tomo XV, anexo 41 al sometimiento del caso, folio 7060).
176
Comunicación de la peticionaria a la Comisión de 24 de noviembre de 2003 (expediente de prueba, tomo XV, anexo
38 al sometimiento del caso, folio 7048).
177
Cfr. Constancia de hospitalización de V.R.P. en Miami Children´s Hospital de 3 de abril de 2008 (expediente de
prueba, tomo XVI, anexo E.20 al escrito de solicitudes, argumentos y pruebas, folio 7359), y Declaración rendida ante la
Corte Interamericana por V.P.C. en la audiencia pública celebrada el 16 y 17 de octubre de 2017.