Corte Interamericana de Derechos Humanos Caso Bueno Alves Vs. Argentina Sentencia de 11 de mayo de 2007 (Fondo, Reparaciones y Costas) En el caso Bueno Alves, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (en adelante “la Corte Interamericana”, “la Corte” o “el Tribunal”), integrada por los siguientes jueces1: Sergio García Ramírez, Presidente; Cecilia Medina Quiroga, Vicepresidenta; Manuel E. Ventura Robles, Juez; Diego García-Sayán, Juez; Margarette May Macaulay, Jueza, y Rhadys Abreu Blondet, Jueza; presentes, además, Pablo Saavedra Alessandri, Secretario, y Emilia Segares Rodríguez, Secretaria Adjunta, de conformidad con los artículos 62.3 y 63.1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (en adelante “la Convención” o “la Convención Americana”) y con los artículos 29, 31, 53.2, 55, 56 y 58 del Reglamento de la Corte (en adelante “el Reglamento”), dicta la presente Sentencia. I INTRODUCCIÓN DE LA CAUSA Y OBJETO DE LA CONTROVERSIA 1. El 31 de marzo de 2006, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 50 y 61 de la Convención Americana, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (en adelante “la Comisión” o “la Comisión Interamericana”) sometió a la Corte una demanda en contra de la República de Argentina (en adelante “el Estado” o “Argentina”), la cual se originó en la 1 El Juez Leonardo A. Franco se inhibió de conocer el presente caso, inhibitoria que fue aceptada por el Tribunal, de conformidad con los artículos 19 del Reglamento y 19 del Estatuto de la Corte. (expediente de fondo, Tomo III, folios 928-929).

Seleccionar párrafo de destino3

Conectar a un párrafo
Connect to an entity
Disable highlights
Añadir a la tabla de contenidos