4 las víctimas por parte de las fuerzas de seguridad del Estado, y de la recusa de estas últimas de entregar dichos restos mortales a los familiares de las víctimas. Hemos tomado conocimiento la crueldad de las fuerzas de seguridad del Estado de obligar los familiares sobrevivientes de las víctimas a convivir con los victimarios. 11. Hemos tomado conocimiento de prácticas sistemáticas de las fuerzas armadas del Estado de raptos o secuestros de niños indefensos 6 y la consecuente desagregación familiar en situación se conflicto armado. Hemos tomado conocimiento de humillaciones indescriptibles impuestas por agentes del Estado a los torturados y marginados, destruyendo por entero su autoestima, su capacidad de relacionarse con los demás, y su dignidad como personas humanas. Hemos tomado conocimiento de políticas oficiales del Estado de destrucción deliberada de la identidad cultural de grupos o poblaciones enteras. 12. Hemos tomado conocimiento de políticas de Estado dirigidas sistemáticamente contra determinadas minorías étnicas, inclusive a punto de, en la pretendida destrucción de su cultura, dañar la crucial y sana comunicación entre los familiares sobrevivientes con sus muertos; esta última crueldad me ha conllevado a proponer, por primera vez en la doctrina jurídica (por lo menos según me consta), en mi extenso Voto Razonado 7 en el caso de la Comunidad Moiwana versus Suriname (Sentencia del 15.06.2005), los conceptos de proyecto de post-vida, mas allá del proyecto de vida, y de daño espiritual, más allá del daño moral, con contenido jurídico propio. 13. ¿Qué más podríamos conocer de la ilimitada imaginación del ser humano para victimizar sus semejantes, para practicar el mal absoluto, en nombre de las políticas del Estado? No obstante todo esto, la mayor parte de la doctrina jusinternacionalista contemporánea sigue insistiendo en hacer creer que el crimen de Estado no existe. Cierra los ojos a los hechos de crueldad probados ante un tribunal internacional de derechos humanos como la Corte Interamericana de Derechos Humanos, y sigue intentando persuadir a los incautos de la pretendida imposibilidad del crimen de Estado. En su apego a un dogma (societas delinquere non potest), da muestras de su sumisión al poder Estado, de su servilismo intelectual que sólo puede generar la repulsa de la conciencia humana, y desvenda la más completa insensibilidad e indiferencia ante el sufrimiento humano. III. La Insensibilidad del Estado ante las Consecuencias de sus Propias Prácticas Criminales. 14. Ante este estado de cosas, los que laboramos en el dominio de la protección internacional de los derechos humanos seguimos luchando, movidos ya no tanto por el 6 . Para relatos al respecto, cf. Asociación Pro-Búsqueda de Niñas y Niños Desaparecidos, Historias para Tener Presente, San Salvador, UCA Edit., 2002, pp. 11-235; Asociación Pro-Búsqueda de Niñas y Niños Desaparecidos, El Día Más Esperado - Buscando a los Niños Desaparecidos de El Salvador, San Salvador, UCA Edit., 2005, pp. 11-309. 7 . Párrafos 1-93 (original en inglés).

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