7 beneficiarias e implementa las acciones concretas de articulación con las dependencias para atender las situaciones denunciadas; c) se les brindó a las beneficiarias una “carta aval” suscrita por la titular de la Unidad para la Promoción y Defensa de los Derechos Humanos, que acredita la situación especial de protección de las beneficiarias, y que les permite tener una respuesta inmediata de parte de cualquier cuerpo de seguridad en caso de que se encuentren en riesgo; d) se les facilitó una “carta aval” firmada por la titular de la Unidad para la Promoción y Defensa de los Derechos Humanos, dirigida a las autoridades a nivel federal, estatal y municipal, con un mensaje de apoyo reconociendo la responsabilidad del Estado para proteger la integridad de la señora Rosendo Cantú y e) se gestionó con la Secretaría de Seguridad Pública Federal que brinde a las beneficiarias el “Taller de detección de vigilancia y reacción ante cualquier acto de hostigamiento” y un “Curso de auto defensa”, en los términos solicitados por los representantes, sin que se haya recibido respuesta de la referida dependencia. Por lo que refiere a las medidas pendientes de implementarse “considera que debido al cambio de circunstancias tanto por el inicio de gestión de las autoridades del estado de Guerrero como por el comienzo en la ejecución de la [S]entencia […], es necesario establecer, en consenso con las […] beneficiarias, una nueva ruta para la atención de las medidas provisionales, por lo que […] convocará […] una reunión de trabajo [con los representantes]”. Con respecto a las medidas sobre las que todavía no hay consenso con los representantes, manifestó “su compromiso y apertura para continuar con las negociaciones pertinentes y a la brevedad llegar a acuerdos para la atención del asunto”. 17. Los representantes indicaron que de ser asumidas por el Estado las recomendaciones propuestas por Brigadas de Paz en su informe “permitirían […] conformar un plan integral de seguridad que de forma preventiva atenúe la gravedad y urgencia de los riesgos y se generen las condiciones que eviten, lo menos posible, incidentes asociados con la seguridad de las beneficiarias y su familia”. Indicaron que “las propuestas del Estado no atienden a las necesidades específicas y apremiantes que enfrentan las beneficiarias, según el propio diagnóstico elaborado por Brigadas de Paz”. En esa medida, la generación de condiciones de seguridad continua recayendo sobre las personas beneficiarias y sus representantes. Indicaron que el Estado “omite informar […] que continua pendiente la implementación de aquellas medidas no contempladas en su propuesta[, así como] la adecuación de aquellas que, estando contempladas en ésta, no satisfacen las especificaciones y el fin de la evaluación del riesgo realizadas”. Confirmaron que “en lo referente a la infraestructura de seguridad para el domicilio de las beneficiarias […] el Estado hizo entrega de un [determinado] equipo […] el 8 […] de febrero de 2011”. Añadieron que varias de las medidas propuestas por el Estado no han sido aceptadas, sin que a la fecha se haya generado una contrapropuesta por parte de la representación estatal”. 18. Asimismo, confirmaron que el Estado entregó el 8 de marzo de 2009 los teléfonos celulares pedidos, uno de los cuales habría sido robado a la hermana de la señora Rosendo Cantú el 3 de diciembre de 2010, por lo que solicitaron “que a la brevedad sea otorgado el aparato de radiocomunicación robado y se realicen los cambios de número de los dos aparatos que continúan funcionando, a [fin] de preservar la seguridad de las beneficiarias”. Indicaron que el Estado no habría dado cumplimiento a su solicitud de instalar un teléfono satelital fijo en el domicilio de los familiares de la beneficiaria y que “para [ella] la incomunicación en la que se encuentran su padre y su madre en su comunidad natal […], acrecienta los riesgos y el temor fundado[. Un] teléfono satelital fijo permitiría a la señora Rosendo Cantú monitorear la situación que guarda la seguridad de sus padres y de su familia”.

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