7. El 2 de octubre de 2002 la Comisión asignó a la petición el número 775/01. Luego, el 9 de octubre de 2002 la Comisión informó al Estado que el señor Eduardo Bertoni, quien para entonces había sido nombrado como Relator Especial para la Libertad de Expresión de la CIDH, se excusaba de tomar parte en cualquier etapa de la tramitación de la petición, dada su participación en la etapa inicial de la petición como patrocinante de los peticionarios. 8. El 13 de enero de 2003 el Estado remitió a la Comisión su escrito de respuesta a la denuncia interpuesta de los peticionarios. Posteriormente, los peticionarios presentaron un escrito de observaciones a dicha comunicación, la cual fue recibida el 21 de marzo de 2003. Con fecha 8 de julio de 2005 el Estado envió una comunicación a la Comisión reiterando la posición presentada en su anterior escrito de observaciones y solicitando se declare inadmisible la petición en todos sus extremos. III. POSICIONES DE LAS PARTES A. Posición de los peticionarios 9. Los peticionarios indican que en las ediciones número 983, 984 y 985 de la revista Noticias (de octubre y noviembre de 1995) se publicó información que sostenía que el entonces Presidente Carlos Saúl Menem y la señora Martha Meza tenían un hijo extramatrimonial nacido en 1981 de una relación mantenida cuando aquél se encontraba detenido en la provincia de Formosa. En la misma publicación, señalan los denunciantes, también se hacía referencia a detalles sobre el origen del patrimonio de la señora Martha Meza y su relación personal con el señor Menem. 1 10. Como resultado de estas publicaciones, los peticionarios indican que el señor Menem inició una acción civil por daños y perjuicios en contra de Editorial Perfil S.A (editora de Noticias), Jorge Fontevecchia (director de Noticias) y Héctor D’Amico (editor responsable de Noticias), solicitando el pago de $ 1.500.000 (Un millón quinientos mil con 00/100 pesos) por concepto de daño moral producido por lo que éste calificó como “una intromisión arbitraria en su vida familiar e íntima”. Posteriormente, los denunciantes indican que Héctor D’Amico interpuso una reconvención contra el señor Menem por cobro de $ 10.000 (Diez mil con 00/100 pesos) en concepto de daño moral por las declaraciones realizadas por éste en torno a la edición número 984 de Noticias. 2 11. El 10 de julio de 1997 el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil emitió una resolución rechazando tanto la demanda como la reconvención interpuestas. La decisión fue apelada y el 17 de marzo de 1997 los jueces integrantes de la Sala H de la Cámara de Apelaciones en lo Civil en la Capital Federal decidieron modificar la referida sentencia condenando a Editorial Perfil S.A. y a los señores Jorge Fontevecchia y Héctor D’Amico a pagar $ 150.000 (Ciento cincuenta mil con 00/100 pesos) en concepto de indemnización “por [violación al] derecho a la intimidad” y “por considerar que no concurría ninguno de los elementos que justificarían la invasión de la intimidad, especialmente el interés público prevaleciente, o bien el consentimiento del interesado”. Contra la sentencia de la Cámara de las Apelaciones los peticionarios presentaron un recurso extraordinario ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, la que resolvió el 25 de septiembre de 2001 confirmar en lo principal la sentencia apelada y modificarla en cuanto al monto del resarcimiento, que se redujo a $ 60.000 (Sesenta mil con 00/100 pesos). 1 Específicamente, los peticionarios indican que las ediciones hacían las siguientes referencias: (a) que el niño era recibido en la residencia presidencial de Olivos y en el centro de vacaciones presidencial de Chapadmalal, (b) que la señora Meza se habría visto favorecida con beneficios patrimoniales de parte del señor Menem; específicamente, que había pasado de tener un sueldo de maestra en 1984 a un patrimonio cercano al millón de dólares diez años más tarde, habiendo además siendo elegida diputada nacional, (c) que la señora Meza fue amenazada, (d) que tal relación y la existencia del niño generaban conflictos con la señora Zulema Yoma, en aquel entonces esposa del señor Menem, y (e) que existían pegatinas de carteles en la ciudad de Formosa relacionadas con eventuales faltas alimentarias del señor Menem respecto de su supuesto hijo. 2 Los peticionarios señalan que el señor Menem se habría referido a la revista Noticias como “una verdadera cloaca en la que se esconde una organización delictiva” que ejerce un periodismo de carácter “canallesco”. 2

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