3 en que vive le entregaron un panfleto que textualmente decía: “[…] nunca vas a vivir para contarlo […]’’. 5. Que en la Resolución de la Corte de 5 de agosto de 2008 este Tribunal resolvió, inter alia, que el Estado debe mantener y adoptar las medidas necesarias para proteger la vida, integridad y libertad personal de Carlos Nieto Palma, así como la vida e integridad de Ivonne Palma Sánchez, por al menos seis meses, contados a partir de la notificación de la referida Resolución, luego de los cuales el Tribunal evaluará la pertinencia de mantenerlas vigentes (supra Visto 4). * * * 6. Que, en lo que se refiere a la implementación de las medidas de protección ordenadas por la Corte, el Estado se remitió a las planillas de registro y control, correspondientes a los meses de mayo, junio, julio, agosto y septiembre de 2008, referentes a las visitas de los funcionarios estatales a la residencia del señor Nieto Palma2. 7. Que el señor Nieto Palma indicó, inter alia, que: a) las actas remitidas por el Estado presentan una serie de irregularidades, se aprecian “actas falsificadas y no firmadas por [él], actas en blanco sin firma de nadie, actas en donde dice que no había nadie en [su] casa y actas que no [sabe] quien las firmó, porque desconoc[e] a esa persona”; b) el Estado no ha cumplido con el acuerdo suscrito el 14 de marzo de 2008 en la sede de la Fiscalía Trigésima Cuarta a Nivel Nacional, donde se estipuló que la hora del recorrido es a las 7:00 p.m. y que la notificación puede ser firmada por él, su madre o la conserje del edificio; c) reiteró que el 13 de mayo de 2008 habría recibido “amenazas verbales […] por los funcionarios de la Policía Metropolitana encargadas supuestamente de ‘custodiar[lo]”, sin especificar en que consistieron éstas, y alegó que dicho acto fue reseñado por los medios de comunicación social y recibió una visita de un representante de la Defensoría del Pueblo de la Dirección de Servicios Jurídicos, quien levantó un acta al efecto. Además, informó “de los hechos en cuestión a la Fiscalía Trigésima Cuarta a Nivel Nacional, vía telefónica, sin tener respuesta hasta la fecha”. Destacó que la Policía Metropolitana que dependía de la Alcaldía Metropolitana del Distrito Capital está adscrita ahora al Ministerio de Interiores y Justicia, de la cual depende la DISIP, cuyos funcionarios fueron los que lo intimidaron y amenazaron, aunado a que del mismo Ministerio depende la Dirección General de Rehabilitación y Custodia del Recluso. Según el señor Nieto Palma dicho organismo “de manera reiterada […] acusa a las organizaciones que trabaj[an] en el sistema penitenciario de ser agentes financiados por el gobierno norteamericano y [son las] organizadores de las protestas que ocurren en las cárceles diariamente”, lo que considera como un acto 2 De conformidad con el convenio celebrado el 14 de marzo de 2008 entre el beneficiario y el Estado, las medidas de protección consisten en que funcionarios estatales realicen visitas a la residencia del señor Nieto Palma.

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