informe contestando a las observaciones de los peticionarios. El 19 de octubre de 2005, se celebró una reunión de trabajo en la sede de la Comisión. El 4 de noviembre de 2005 la CIDH envió a las partes una comunicación en la que nuevamente recordó los compromisos asumidos por las partes en la reunión de trabajo. 10. El 10 de febrero de 2006 los peticionarios informaron a la Comisión sobre el fallecimiento de una de las presuntas víctimas. El 12 de enero de 2006, la apoderada de los peticionarios informó a la Comisión que ocho de las presuntas víctimas disentían de la forma en que estaban siendo representadas ante la CIDH y, por tanto, renunciaban a su representación internacional. Indicó que estas personas representarían directamente sus intereses ante la CIDH 2. 11. El 8 de febrero de 2006 el Estado presentó una propuesta detallada con respecto a diferentes aspectos involucrados en la búsqueda de un acuerdo de solución amistosa. El 27 de febrero de 2006, los peticionarios formularon sus observaciones a la propuesta del Estado. El 1 de marzo de 2006 la CIDH recibió una comunicación de los ocho peticionarios que se representan de manera directa, en la cual aquéllos presentaron su posición respecto de sus expectativas en cuanto al proceso de solución amistosa y a las posibles reparaciones. 12. El 8 de marzo de 2006 la CIDH celebró en su sede una nueva reunión de trabajo con las partes. El 24 de marzo de 2006 los peticionarios presentaron una propuesta con miras a alcanzar un acuerdo parcial de solución amistosa con un grupo de 19 presuntas víctimas. El 5 de abril de 2006, la CIDH solicitó al Estado que presentara su posición respecto de la posibilidad de alcanzar un acuerdo preliminar con el grupo de 19 presuntas víctimas. El 26 de junio de 2005 el Estado presentó un informe en el cual ratificó los términos de su propuesta inicial. El 25 de julio de 2006 los peticionarios comunicaron a la CIDH su intención de dar por concluido el proceso de acuerdo amistoso. 13. El 29 de agosto de 2006, la CIDH comunicó a las partes que había concluido el procedimiento de solución amistosa. El 12 de enero de 2007 los peticionarios solicitaron a la Comisión que aplicara al caso la excepción prevista en el artículo 37.3 del Reglamento de la CIDH. El 23 de abril de 2007, los peticionarios presentaron información adicional. El 15 de junio de 2007 el Estado presentó sus observaciones al respecto. El 5 de junio de 2007 los peticionarios solicitaron a la CIDH la convocatoria de una audiencia para discutir cuestiones atinentes al caso. El 17 de julio de 2007 la CIDH comunicó a los peticionarios que no sería posible realizar la audiencia solicitada. 14. El 13 de agosto de 2007 los peticionarios enviaron información adicional, la cual fue trasladada al Estado el 4 de septiembre de 2007 al Estado. El 12 de octubre de 2007 la señora Loayza Tamayo presentó ante la CIDH un listado de las personas a quien seguiría representando en el proceso internacional 3. El 5 de octubre 2 Los peticionarios que ejercieron su representación de manera directa son: Edwin Quevedo Saavedra, Abraham Montero R., Oscar Valiente Paico, Jaime Noriega G., Carlos Zapata Olaya, María Medina Crisanto, José Saavedra M, Antonio Esparza Huamán, y Delia Arévalo de Benítez. 3 Luís Abad Saldarriaga, William Jacinto Aleman Benites, Maritza Amaya Coveñas, Sebastián Amaya Fiestas, César Antón Olaya, Elmer Arrazabal Gallo, Juan Benítez Gómez, Oholger Wiston Benites Zárate, Jorge Cabanillas Dedios, Manuel Antonio Calle Atoche, Rosa Castillo Marcelo, Raquel Coveñas Viuda de Quevedo [cónyuge supérstite del señor Leither Quevedo Saavedra], Eduardo Emiliano Chavarri Vélez, Julio Chiroque Silva, Pedro Carlos Garcés Solís, Luzmila García de Cáceres, Pedro Infante Antonio, Pedro López Antón, María Elba Marchán Avila, Luís Mogollón Granda, Emilio Augusto Morales Silva, Cruz Alberto More Bayona, 4

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