117. Para ello, entre otras medidas, emitió el Decreto número 1.538, por el que creó el Grupo Interministerial para Erradicar el Trabajo Forzoso (GERTRAF), integrado por diversos ministerios y coordinado por el Ministerio del Trabajo, con la participación de varias entidades, instituciones, y la propia Organización Internacional del Trabajo (OIT). Asimismo, fue creado el “Grupo Especial de Fiscalización Móvil” con atribuciones para actuar en zonas rurales e investigar denuncias de trabajo esclavo, apoyando las operaciones del Grupo Interministerial para Erradicar el Trabajo Forzoso84. 118. En 2002 realizó, junto con la OIT, el Proyecto de Cooperación Técnica “Combate al Trabajo Esclavo en Brasil”85. Creó la Coordinación Nacional de Erradicación del Trabajo Esclavo86 y lanzó el Primer Plan Nacional para la erradicación de la esclavitud en Brasil 87. Además, emitió la Ley número 10608/2002, relativa al seguro de desempleo de trabajadores rescatados bajo el régimen de trabajo forzoso o condición análoga a la de esclavo88. 119. En 2003 aprobó la Ley número 10803/2003, por la que se modificó la redacción del artículo 149 del Código Penal brasileño. Definió el concepto de trabajo esclavo contemporáneo, precisando conductas de esclavitud por deuda, por jornada exhaustiva y condiciones degradantes89. Dictó las ordenanzas No. 540, de 15 de octubre de 2004, y No. 2, de 12 de mayo de 2011, por las que instituyó el Registro de Empleadores Infractores (llamada “lista suja”), que contiene los nombres de los infractores por emplear trabajadores en condiciones de esclavitud, para la consulta por parte de instituciones financieras en casos de solicitudes de créditos 90. Además, el 31 de julio de 2003 integró la Comisión Nacional para la Erradicación del Trabajo Esclavo (CONATRAE), que sustituyó el Grupo Interministerial para Erradicar el Trabajo forzoso (GERTRAF), impulsado en 1995. Esta comisión incorporó la participación de un mayor número de instituciones del Estado brasileño y miembros de la sociedad civil, con la finalidad de articular políticas públicas para combatir el trabajo esclavo. 120. En diciembre de 2007 el Supremo Tribunal Federal de Brasil fijó un criterio definitivo en el recurso extraordinario número RE No. 398041, acerca de que la justicia federal es la instancia competente del Poder Judicial para juzgar los delitos relativos a condiciones análogas a las de esclavo previsto en el artículo 149 del Código Penal brasileño. 84 Testimonio rendido mediante affidávit de José Armando Fraga Diniz Guerra de 28 de enero de 2016 (expediente de prueba, folio 13314). 85 Organización Internacional del Trabajo (OIT). Combatendo o Trabalho escravo contemporâneo: o exemplo do Brasil. Brasília, 2010, pág. 126 (expediente de prueba, folio 427). 86 Testimonio rendido mediante affidávit de Jonas Ratier Moreno de 29 de enero de 2016 (expediente de prueba, folio 13327). 87 Ministerio del Trabajo y Empleo de Brasil. Trabajo Esclavo en Brasil en retrospectiva: referencias para estudios e investigaciones. Enero de 2012 (expediente de prueba, folio 9958). Organización Internacional del Trabajo (OIT). Combatendo o Trabalho escravo contemporâneo: o exemplo do Brasil. Brasília, 2010, pág. 126 (expediente de prueba, folio 427). 88 Testimonio rendido mediante afidávit de Jonas Ratier Moreno de 29 de enero de 2016 (expediente de prueba, folio 13327). 89 Testimonio rendido mediante afidávit de Jonas Ratier Moreno de 29 de enero de 2016 (expediente de prueba, folio 13327). 90 Testimonio de Leonardo Sakamoto en audiencia pública. Organización Internacional del Trabajo (OIT). Combatendo o Trabalho escravo contemporâneo: o exemplo do Brasil. Brasília, 2010, pág. 146 (expediente de prueba, folio 447). La publicación de la “lista sucia” fue suspendida el 23 de diciembre de 2014 como resultado de la resolución de la Acción Directa de Inconstitucionalidad No. 5.209 (expediente de prueba, folio 7301). Posteriormente, fue reinstaurada a través de la Decisión Interministerial No. 2 el 31 de marzo de 2015 (expediente de prueba, folio 7409). Testimonio rendido mediante afidávit de Jonas Ratier Moreno de 29 de enero de 2016 (expediente de prueba, folio 13328). 30

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