126. En 1994 se promulgó la primera Instrucción Administrativa que establecía el
procedimiento adecuado para realizar fiscalizaciones laborales en contextos rurales y
estableció las orientaciones en cuanto al procedimiento que debía ser adoptado en casos de
trabajo forzoso y otras situaciones que pusieran en riesgo la vida o la salud de los
trabajadores 101. Esta norma fue reformada en 2006 y 2009102.
127. Mediante Ley No. 10.803 de 2003 se modificó el artículo 149 del Código Penal
brasileño, y se tipificó como delito toda conducta que redujera a una persona a condiciones
análogas a la de esclavo, en los siguientes términos:
Art. 149. Reducir a alguien a una condición análoga a la de esclavo, o someterlo a trabajos
forzados o a una jornada agotadora, o someterlo a condiciones degradantes de trabajo, o
restringir de cualquier manera, su locomoción, en virtud de deuda adquirida con el empleador o
su representante.
Pena - reclusión de dos a ocho años y una multa, además de la sanción que corresponda por la
violencia.
1. Las mismas penas se aplican a aquellos que:
I.- restrinjan el uso de cualquier medio de transporte del empleado con el fin de retenerlo en el
lugar de trabajo.
II.- mantenga abierta la vigilancia en el lugar de trabajo o tome posesión de documentos o
bienes personales de los trabajadores con el fin de retenerlo en el lugar de trabajo.
2. La pena se aumentará en una mitad si el delito se comete:
I.- en contra de un niño o adolescente;
II.- por motivos de raza, color, etnia, religión u origen.
A.5. Antecedentes
Sobre la Hacienda Brasil Verde
128. La Hacienda Brasil Verde se encuentra ubicada en el municipio de Sapucaia, en el
sur del Estado de Pará, en la República Federativa de Brasil103. El área total de la Hacienda
es de 1.780 alqueires (8.544 hectáreas), donde se crían cabezas de ganado 104. El
propietario de la Hacienda Brasil Verde al momento de los hechos era João Luis Quagliato
Neto105.
Las denuncias presentadas en diciembre de 1988 y enero de 1989
129. El 21 de diciembre de 1988 la Comisión Pastoral de la Tierra y la Diócesis de
Conceição de Araguaia, junto con José Teodoro da Silva y Miguel Ferreira da Cruz, padre y
hermano respectivamente de lron Canuto da Silva, de 17 años, y Luis Ferreira da Cruz, de
16 años, presentaron una denuncia ante la Policía Federal por la práctica de trabajo esclavo
en la Hacienda Brasil Verde, y por la desaparición de los dos jóvenes106.
130. De acuerdo con dicha denuncia, en agosto de 1988 lron Canuto y Luis Ferreira da
Cruz habían sido llevados desde Arapoema por un gato para trabajar por un período de 60
días en la Hacienda Brasil Verde. Además, la denuncia señalaba que, al intentar abandonar
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Instrucción Normativa Intersecretarial No. 1 de 24 de marzo de 1994 (expediente de prueba, folio 6427).
Instrucción Normativa Intersecretarial No. 65 de 31 de julio de 2006 (expediente de prueba, folio 6432).
Oficio Superintendencia Regional de Pará, Policía Federal (expediente de prueba, folio 550).
Auto de fiscalización (expediente de prueba, folio 548).
Orden de Misión 018/89 (expediente de prueba, folio 554).
Denuncia a Policía Federal de 21 de diciembre de 1988 (expediente de prueba, folio 7428).
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