36. Los peticionarios alegan que al no ser aplicable el requisito del previo agotamiento recursos jurídicos internos, el artículo 32.2 del Reglamento de la Comisión dispone que petición deberá presentarse dentro de un plazo razonable, a criterio de la Comisión. A efecto, la Comisión considerará la fecha en que haya ocurrido la presunta violación de derechos y las circunstancias de cada caso.” Los peticionarios sostienen que teniendo cuenta las circunstancias de las presuntas violaciones, la petición se presentó dentro de plazo razonable. de “la tal los en un B. Posición del Estado 37. Las presentaciones del Estado se limitan a la admisibilidad de la petición. El Estado sostiene que la petición es inadmisible por no haberse agotado previamente los recursos jurídicos internos y por existir duplicación de procedimientos. 38. Es Estado afirma que los peticionarios no agotaron los recursos jurídicos nacionales que existen en la legislación de Suriname. El Estado menciona la sección 1386 del Código Civil de Suriname, en el cual, según el Estado, se permite al ciudadano que “se presente ante el poder judicial independiente cuando cualquier persona, incluido el Estado, cometa una infracción contra sus intereses.”17 El Estado continua, afirmando que “cualquier violación por un acto u omisión cometidos por una persona o por el Estado, ya sea de la ley, de un derecho subjetivo o por una norma no escrita de debida diligencia o buen gobierno que cause daño a alguien, es una violación de los intereses de esa persona y le da derecho a una o más vías de reparación del daño (daños, restitution in integrum, decisión declaratoria, prohibición para el futuro”.18 El Estado continua, afirmando que el artículo 1386 del Código Civil de Suriname prevé recursos adecuados y efectivos para subsanar las presuntas violaciones de los artículos 3, 21 y 25 de la Convención Americana, que los peticionarios no agotaron. 39. El Estado alega que el tema de la petición fue también anteriormente el tema de un proceso presentado ante el Comité de Naciones Unidas para la Eliminación de la Discriminación Racial (CERD) entre los años 2002 y 2004. El Estado reconoce que presentó la misma interpretación ante la Comisión con respecto al caso de los Doce Clanes Saramaka pero que la Comisión había rechazado la presentación debido a que: (a) la petición en el caso de los Doce Clanes Saramaka fue anterior al estudio del tema por parte de CERD y (b): la Comisión estimó que el trámite ante CERD se relacionó con el estudio de informes que periódicamente el Estado debe enviar a CERD y no con una “medida para procurar un acuerdo como fundamento de la petición.”19 40. El estado disputa la segunda decisión de la Comisión, afirmando que “no está de acuerdo con la práctica internacional sobre derechos humanos” y hace referencia a la denegación constante de parte de la Comisión Europea de Derechos (sic) de aceptar un caso que haya sido presentado anteriormente ante la Comisión de Expertos de la Organización Internacional del Trabajo.”20 IV. ANÁLISIS DE ADMISIBILIDAD A. Competencia ratione personae, ratione loci, ratione temporis andratione materiae de la Comisión Interamericana 41. Después de examinar el expediente, la Comisión Interamericana considera que tiene competencia ratione personae para admitir las demandas presentadas en esta petición. Suriname es estado parte en la Convención Americana, habiendo entregado su documento de adhesión a la Convención el 12 de noviembre de 1987. Los peticionarios tienen locus standipara presentar peticiones ante la Comisión, de acuerdo al artículo 44 de la Convención. La petición identifica a las presuntas víctimas, los habitantes del Bajo Marowijne, como 17 18 19 20 Presentación del Estado recibida por la Comisión el 19 de junio de 2007, página 2. Ibid. Ibid., página 3. Ibid. 9

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