E.2 Capacitación y sensibilización de funcionarios de Fuerzas Armadas 256. Los representantes, además, en su escrito de solicitudes y argumentos, peticionaron que se disponga la modificación de los planes de estudios en las Fuerzas Armadas a efectos de que contemplen los temas vinculados a los derechos humanos en modo “específico y transversal a toda la formación”283. 257. El Estado indicó que el Ejército Nacional emitió un comunicado que informo sobre la disposición de “desarrollar un proceso de análisis para fortalecer el conocimiento de [sus] integrantes […] sobre la realidad histórica del periodo 1958 -2000”284. 258. La Corte valora el señalamiento estatal sobre la “disposición” para “fortalecer” el conocimiento de integrantes de las fuerzas armadas sobre la “realidad histórica”. Toma nota de la información presentada por Uruguay al respecto, aunque advierte que no refiere a acciones permanentes o continuas de capacitación y sensibilización. Por ello, en atención a la naturaleza de los hechos que dieron lugar a las violaciones a derechos humanos determinadas en el presente caso, este Tribunal ordena al Estado que, en el plazo de un año, integre a la currícula de formación o planes de estudios de integrantes de las Fuerzas Armadas, con la respectiva asignación presupuestaria, cursos de capacitación en relación con derechos humanos, que incluyan, sin perjuicio de otros aspectos relevantes, contenido relativo a las graves violaciones a los derechos humanos cometidas durante la dictadura, a su incompatibilidad con el derecho internacional y a la necesidad e importancia de evitar su repetición. F. Otras medidas solicitadas 259. La Comisión solicitó, como medida de reparación, el fortalecimiento del aparato de justicia. También solicitó que se disponga la capacitación de operadores de justicia, incluso incorporando un enfoque de género (supra párr. 238). 260. Los representantes coincidieron con las solicitudes de la Comisión. Además, en su escrito de solicitudes y argumentos, solicitaron que se “[e]xi[ja] al Ministerio de Defensa de la República Oriental del Uruguay que proporcione todos los archivos de forma completa, no s[ó]lo los que se encuentran en su Sede, así como los que pueden estar ocultos en otras dependencias militares, debiendo realizar una investigación exhaustiva de cada caso y sancionar a los responsables por su ocultamiento” 285. Adujeron que tal medida “se justifica si se toma en cuenta que integrantes de la Fuerza han reiterado sistemáticamente la defensa a los responsables por la comisión de delitos de lesa humanidad”. 283 En ese sentido, el Estado remitió un documento de 6 de noviembre de 2020, en el que el Ejército Nacional manifestó el “objetivo institucional” de llevar a cabo el proceso de análisis de la “realidad histórica” señalado por el Estado, así como la realización de una “actividad académica” puntual, llevada a cabo como “paso inicial” de ese proceso (expediente de prueba, anexo XIV a la contestación, fs. 2672 a 2674). 284 285 Al respecto de esta solicitud, formulada en tales términos en el apartado sobre reparaciones del escrito de solicitudes y argumentos, en el petitorio del mismo escrito aludieron a la “entrega [de] información”, no de “archivos”, precisaron que dicha información es sobre “el paradero de los detenidos desaparecidos”, no la limitaron al Ministerio de Defensa, sino que se refirieron al Estado, en términos generales, y agregaron la solicitud de que el estado identifique “debidamente” a las personas detenidas desaparecidas, y entregue los restos a sus familiares.En la audiencia pública, solicitaron a la Corte que “exhorte a[l Estado] a que de forma inmediata y a través de las autoridades competentes ordene la entrega a la institución nacional de derechos humanos y a los familiares de toda la información vinculada a operativos, legajos y escalafones militares, en particular que se obtengan los archivos sobre las operaciones de las agencias represivas de la dictadura […], así como archivos que se encuentran en el exterior y puedan servir para la dilucidación de estas causas”. Además, solicitaron que se exhorte al Poder Legislativo a que adopte acciones para superar las “dificultades de implementación y cumplimiento de la legislación vigente en materia de acceso a los archivos e información”. 71

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