y sida y de los programas que otros ministerios y entidades de gobierno tengan como
mandato realizar. Además, garantizar, mediante los recursos humanos, técnicos y
financieros suficientes, que se cumplan los compromisos acordados por el Estado para la
ejecución del apoyo financiero otorgado por el Fondo Mundial 11.
2.
Sobre las presuntas víctimas
61.
La Comisión recuerda que el presente caso se refiere a la presunta vulneración de derechos
en perjuicio de las siguientes 49 personas que viven con VIH/SIDA: Luis Rolando Cuscul Pivaral, Francisco
Sop Gueij, Corina Robledo, Petrona López González, Aracely Cinto, Olga Marina Castillo, Israel Pérez Charal,
Karen Judith Samayoa, Juana Aguilar, Darinel López Montes de Oca, Luis Rubén Álvarez Flores, Audiencio
Rodas, Luis Edwin Cruz Gramau, Martina Candelaria Álvarez Estrada, Maria Felipe Pérez, Sayra Elisa Barrios,
Felipe Ordóñez, Santos Isacax Vásquez Barrio, Ismera Oliva García Castañon, Guadalupe Cayaxon, Sandra
Lisbeth Zepeda Herrera, Cesar Noe Cancinos Gómez, Santos Vásquez Oliveros, Maria Vail, Julia Aguilar,
Sebastián Emilia Dueñas, Zoila Pérez Ruiz, Santiago Valdez, Pascula de Jesús Mérida, Iris Carolina Vicente
Baullas, Reina López Mújica, Marta Alicia Maldonado Paz, José Cupertino Ramírez, José Rubén Delgado, Elsa
Miriam Estrada, Ismar Ramírez Chajón, Félix Cabrera, Silvia Mirtala Álvarez, Facundo Gómez Reyes, Alberto
Quiché Cuxeva, Rita Dubón Orozco, Ingrid Janeth Barillas Martínez, Luis Armando Linares, Mardo Luis
Hernández, Jorge Armando Tavárez, Miguel Lucas Vail, Dora Marina Martínez, Melvin Geovanny Ajtún y
Teresa Magdalena Ramírez Castro.
62.
Según la descripción de los peticionarios, las presuntas víctimas fueron diagnosticadas con
VIH/SIDA entre 1992 y 2003. El Estado no controvirtió esta información.
63.
Los peticionarios presentaron información general y específica sobre la situación de las
presuntas víctimas. En cuanto a las circunstancias generales que aplican a todas o a varias de las presuntas
víctimas y que no fueron controvertidas por el Estado, se encuentran las siguientes:
-
-
-
Muchas de las presuntas víctimas son personas desempleadas, de escasos recursos económicos y que
no viven en Ciudad de Guatemala.
Varias de las presuntas víctimas son cabeza de familia y tienen varios hijos o hijas. Asimismo, varios
de los familiares y seres queridos de las presuntas víctimas también tienen VIH/SIDA.
A pesar de solicitar atención médica a centros de salud públicos, incluyendo el acceso a
antirretrovirales, no recibieron ninguna asistencia estatal hasta los años 2006 y 2007, con impactos
en su salud. Hasta dicha fecha, la mayoría de las presuntas víctimas recibió algún tipo de atención
médica por parte de organizaciones internacionales.
64.
Según los peticionarios, para el año 2002, el Ministerio de Salud únicamente entregó
medicamentos antirretrovirales a menos del 1% de la población con VIH/SIDA en Guatemala. Al respecto, en
junio de 2002 el entonces Ministro de Salud Mario Bolaños declaró que “la falta de recursos es la razón por la
que el Ministerio de Salud sólo puede dar cobertura a 27 personas que viven con el VIH/Sida” 12. Los
peticionarios alegaron y el Estado no controvirtió que dentro de estas 27 personas mencionadas por el
entonces Ministro, tampoco se encuentran las presuntas víctimas.
65.
La Comisión recuerda que de acuerdo a la Organización Mundial para la Salud, el virus de la
inmunodeficiencia humana (VIH) es una enfermedad que infecta a las células del sistema inmunitario de una
persona, alterando o anulando su función. Por su parte, el síndrome de inmunodeficiencia adquirida (SIDA) es
un término que se aplica a los estadios más avanzados de la infección por VIH y se define por la presencia de
11
Acuerdo
Gubernativo
No.
638-2005,
30
de
noviembre
de
2005.
Disponible
http://www.ilo.org/wcmsp5/groups/public/---ed_protect/---protrav/---ilo_aids/documents/legaldocument/wcms_132631.pdf
en:
12 Anexo 1. Nota de prensa “En lucha por más vida” publicada en Prensa Libre el 14 de junio de 2002. Anexo a la comunicación
de los peticionarios de 26 de agosto de 2003.
12