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2.
Continúa con el conocimiento del presente caso.
por unanimidad,
3.
Reserva el pronunciamiento sobre costas para decidirlo con la cuestión de
fondo.
El Juez Cançado Trindade hizo conocer de la Corte su voto individual concordante, el
cual acompañará a esta sentencia.
Redactada en castellano e inglés, haciendo fe el texto en castellano, en San José,
Costa Rica, el día 4 de diciembre de 1991.
Héctor Fix-Zamudio
Presidente
Thomas Buergenthal
Rafael Nieto Navia
Sonia Picado Sotela
Julio A. Barberis
Antônio A. Cançado Trindade
Manuel E. Ventura Robles
Secretario
Leída en sesión pública en la sede de la Corte en San José, Costa Rica el día 6 de
diciembre de 1991.
Comuníquese y ejecútese,
Héctor Fix-Zamudio
Presidente
Manuel E. Ventura Robles
Secretario