64
196.
Asimismo, la Corte recuerda que la CDPD, anteriormente reseñada (supra párr.
137), contiene normas sobre la importancia del acceso a justicia de las personas con
discapacidad “en igualdad de condiciones con las demás” e “incluso mediante ajustes de
procedimiento y adecuados a la edad” (Preámbulo y art. 13.1). En este sentido, el Tribunal
considera que en casos de personas vulnerables, como lo es una persona con discapacidad,
es imperante tomar las medidas pertinentes, como por ejemplo la priorización en la
atención y resolución del procedimiento por parte de las autoridades a su cargo, con el fin
de evitar retrasos en la tramitación de los procesos, de manera que se garantice la pronta
resolución y ejecución de los mismos.
197.
En el presente caso, la Corte considera que la prueba que consta en el expediente
confirma la grave afectación a la salud física y psíquica de Sebastián Furlan ocasionada a
raíz del accidente y sus posteriores necesidades de atención médica y psicológica (supra
párrs. 73, 74, 76, 77, 95, 96 y 111). Además, se encuentra probado que tanto Sebastián
Furlan como su familia no contaban con los medios económicos suficientes para poder
brindarle los tratamientos médicos y psiquiátricos que fueron recomendados a lo largo de
los años (supra párr. 71). En este sentido, la perito Rodriguez manifestó, basándose en los
tratamientos ordenados por los médicos que lo evaluaron durante el proceso judicial, que a
pesar de que Sebastián Furlan alcanzó la mayoría de edad durante la causa civil “si se
hubiera implementado el tratamiento sugerido y una terapia neurocognitiva sustentable en
el tiempo, [es] seguro que al presente su funcionamiento y calidad de vida serían
mejores”338. En ese sentido, la perito afirmó que Sebastián Furlan “no tuvo los tratamientos
necesarios con la frecuencia y continuidad requerida[, los cuales] hubiera[n] permitido que
tal vez llegara a la adultez con mejores posibilidades de auto valimiento”339. En cuanto a la
inmediatez del tratamiento que debió haber recibido Sebastián Furlan, la perito señaló que
“a esa edad la corteza prefrontal responsable de las funciones ejecutivas, está en etapa de
crecimiento rápido. Por esto no sorprende la disfunción ejecutiva que tuvo y tiene” 340. De
manera que la perito concluyó que Sebastían Furlan “tiene el antecedente de un severo
traumatismo de cráneo, con fractura de temporal derecho, que debió ser manejado en
[t]erapia [i]ntensiva”341.
198.
Finalmente, la perito Rodríguez señaló:
En este caso debió haberse aprovechado los años posteriores al [traumatismo craneoencefálico],
cuando el chico estaba escolarizado, para trabajar los aspectos conductuales, sociales,
cognitivos (que seguramente estaban comprometidos), y además estar cerca de la familiar para
orientarla y detectar las posibles disfunciones que ocurren con frecuencia. Todo esto requería un
equipo interdisciplinario. Se indicó tratamiento psicopatológico pero esto no fue suficiente, si
el hospital no podía proveer este abordaje, y en ese momento no había en el sistema púbico de
salud una institución que pudiera hacerlo, tendría que haberse derivado a una institución
privada342.
199.
Por otra parte, la Corte observa que en el marco del proceso civil se informó sobre
los dos intentos de suicidio cometidos por Sebastián Furlan (supra párr. 89). Por ello, el
Tribunal considera que esto constituía una información puesta en conocimiento del juez que
evidenciaba los problemas en la rehabilitación temprana que había tenido Sebastián Furlan
338
Declaración rendida ante fedatario público el 10 de febrero de 2012 por la médica Estela del Carmen
Rodríguez (expediente de fondo, tomo II, folio 763).
339
Declaración rendida ante fedatario público por la médica Estela del Carmen Rodríguez, folio 763.
340
Declaración rendida ante fedatario público por la médica Estela del Carmen Rodríguez, folio 765.
341
Declaración rendida ante fedatario público por la médica Estela del Carmen Rodríguez, folio 765.
342
Declaración rendida ante fedatario público por la médica Estela del Carmen Rodríguez, folio 765.
Seleccionar párrafo de destino3
Conectar a un párrafo
Connect to an entity
Disable highlights
Añadir a la tabla de contenidos