cumplir con las medidas solicitadas por el Ministerio Publico en este y otros procedimientos sobre derechos indígenas. En la misma oportunidad, aclararon que, pese a la sentencia en la ACP 1000369-58.2019.4.01.3908, que suspendió los efectos jurídicos del Permiso de Minería “Garimpeira” (PLG) n. 86/2012, concedida a la Cooperativa de Extracción de Minerales del Valle del Tapajós por el Departamento Nacional de Investigaciones Minerales – DNPM, a partir del 5 de marzo de 2020, la Secretaría del Medio Ambiente y Sostenibilidad de Pará (SEMAS) emitió la Licencia de Funcionamiento no. 12221/2020, que autoriza la actividad minera de oro en el cauce del río Tapajós. 121. En julio de 2023 los representantes señalaron que, por dos veces en el año de 2023, el Estado envió a la Corte información evasiva y desvinculada del contenido de las medidas provisionales. 122. En lo que concierne a los espacios de dialogo entre gobierno y población indígena, los representantes aclararon, en noviembre de 2023 que, hasta la fecha, no hubo una agenda específica para el caso Munduruku y que tampoco se implementó un proceso de escucha a los líderes y lideresas indígenas o a los miembros de su asesoría legal/técnica. En este sentido, resaltaron la necesidad de que el Estado inicie un diálogo intercultural directo y permanente con las asociaciones representativas del pueblo Munduruku para encontrar soluciones a los problemas denunciados sistemáticamente. 123. Programa de Protección a Defensores de Derechos Humanos: En marzo de 2023 el Estado argumentó que, en razón de la sentencia dictada por la Corte Interamericana en el caso Sales Pimenta, se ha reestructurado el PPDDH y, a partir de 2023, la nueva gestión gubernamental inició una serie de medidas encaminadas a fortalecer el programa y la política nacional de protección. Además, informó que la Secretaría Nacional de Protección de Derechos Humanos está actuando con la elaboración del Plan Nacional de Protección a Defensores de Derechos Humanos, Comunicadores y Ambientalistas. Además, alegó que el PPDDH está apoyando - a través de la coordinación con la Secretaría de Estado de Seguridad Pública y Defensa Social (SEGUP/PA) - a las siguientes lideresas indígenas Munduruku: Sra. A.K.S. (A.M.) y Sra. M.L.C.K. En cuanto a Sra. A.P.M., el equipo estatal informó que no pudieron ofrecer la primera asistencia técnica, debido a la dificultad de comunicación y acceso a su lugar de residencia, por lo que se solicitó apoyo a la FUNAI para facilitar el contacto y también a la Policía Federal. Pese a ello, no hubo confirmación de estos órganos. 124. Los representantes señalaron, en noviembre de 2022, que el Estado no presentó información sobre la protección de líderes y lideresas del Pueblo Munduruku, a pesar de haber miembros de este pueblo inscritos en el programa de protección. Además, observaron que las amenazas a M.L.C.K.M. nunca cesaron y que su comunidad Fazenda Tapajós se encuentra prácticamente sitiada debido a la presencia de mineros ilegales en los alrededores, lo que coloca a la integridad física de sus familiares en situación vulnerable. Destacaron que, el 2 de julio de 2022, los representantes de los beneficiarios Munduruku Asociación Wakoborun y SDDH presentaron denuncia ante el Ministerio Público Federal de Pará y la Policía Federal de nuevas amenazas a varios líderes indígenas, como: a A.Y., a la familia de I.M., A.P.M. y a E.K.M. Señalaron que, cuando hay operaciones de la policía federal para retirar a los mineros ilegales, también aumentan las amenazas a líderes y lideresas indígenas. 125. Luego, en abril de 2023, los representantes indicaron que la información proporcionada por el Estado sobre las medidas de protección adoptadas en relación con las dirigentes M.L.C.K.M., A.K.M. y A.P.M. no presentaba novedades. Asimismo, destacaron que no hubo contacto del programa de protección con A.P.M. y, en relación con los demás dirigentes, el Estado no presentó la información necesaria. - 32 -

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