(2) Hernán Victor Gullco, quien rendirá dictamen pericial sobre el alcance de los derechos a la libertad personal, vida privada, honra, dignidad y garantías judiciales en casos que involucran detenciones y requisas por parte de las fuerzas de seguridad sin orden judicial, a la luz de los estándares internacionales y regionales aplicables en la materia. En particular, ofrecerá una perspectiva comparada en los sistemas internacionales de protección de derechos humanos, y en la labor de los principales tribunales supremos y constitucionales de la región. Por otra parte, rendirá su dictamen sobre el impacto que los casos “Fernández Prieto” y “Tumbeiro” han tenido en el ámbito local, e informará sobre las críticas que las decisiones judiciales recaídas en ellos recibieron por parte de la doctrina penal y constitucional especializada. 2. Requerir a los peritos convocados a declarar en audiencia que, de considerarlo conveniente, aporten una versión escrita de su peritaje a más tardar el 5 de marzo de 2020. 3. Requerir a Argentina que facilite la salida y entrada de su territorio de los declarantes, si residen o se encuentran en él, quienes han sido citados en la presente Resolución a rendir declaración en la referida audiencia pública, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 26.1 del Reglamento de la Corte. 4. Requerir, por las razones expuestas en la presente Resolución, de conformidad con el principio de economía procesal, y de la facultad que le otorga el artículo 50.1 del Reglamento de la Corte, que las siguientes personas presten su declaración ante fedatario público (Affidavit): A. Testigos Propuestos por la representante (3) Carlos Alejandro Tumbeiro, quien declarará sobre las violaciones a derechos humanos que sufrió su padre en el marco del procedimiento policial y judicial analizado en el caso. Además, declarará sobre el impacto que estas violaciones tuvo en su familia, y específicamente aportará información sobre el impacto que tuvo en su vida laboral, personal y en la relación con su padre y en las dinámicas de su familia. (4) Fátima Adriana Castro quien declarará sobre las violaciones a derechos humanos que sufrió su ex esposo en el marco del procedimiento policial y judicial analizado en el caso. Además, declarará sobre el impacto que estas violaciones tuvo en su familia, y específicamente aportará información sobre el impacto que tuvo en su vida laboral, personal y en la relación con su padre y en las dinámicas de su familia. C. Perito Propuesto por la Comisión Interamericana (5) Juan Pablo Gomara, quien rendirá dictamen pericial sobre las obligaciones internacionales de los Estados que resultan exigibles en el marco otorgamiento de facultades de detención a cuerpos de seguridad cuando no exista orden de autoridad competente ni flagrancia, sino con base en la posible sospecha de cometer un delito. El perito se pronunciará sobre estándares de legalidad y no arbitrariedad para detener a persona bajo sospecha, así como la validez de uso en el proceso penal de las pruebas obtenidas durante dicho acto. 5

Seleccionar párrafo de destino3