(2) Hernán Victor Gullco, quien rendirá dictamen pericial sobre el alcance de los
derechos a la libertad personal, vida privada, honra, dignidad y garantías judiciales en
casos que involucran detenciones y requisas por parte de las fuerzas de seguridad sin
orden judicial, a la luz de los estándares internacionales y regionales aplicables en la
materia. En particular, ofrecerá una perspectiva comparada en los sistemas
internacionales de protección de derechos humanos, y en la labor de los principales
tribunales supremos y constitucionales de la región. Por otra parte, rendirá su dictamen
sobre el impacto que los casos “Fernández Prieto” y “Tumbeiro” han tenido en el ámbito
local, e informará sobre las críticas que las decisiones judiciales recaídas en ellos
recibieron por parte de la doctrina penal y constitucional especializada.
2.
Requerir a los peritos convocados a declarar en audiencia que, de considerarlo
conveniente, aporten una versión escrita de su peritaje a más tardar el 5 de marzo de 2020.
3.
Requerir a Argentina que facilite la salida y entrada de su territorio de los declarantes,
si residen o se encuentran en él, quienes han sido citados en la presente Resolución a rendir
declaración en la referida audiencia pública, de conformidad con lo dispuesto en el artículo
26.1 del Reglamento de la Corte.
4.
Requerir, por las razones expuestas en la presente Resolución, de conformidad con el
principio de economía procesal, y de la facultad que le otorga el artículo 50.1 del Reglamento
de la Corte, que las siguientes personas presten su declaración ante fedatario público
(Affidavit):
A. Testigos
Propuestos por la representante
(3) Carlos Alejandro Tumbeiro, quien declarará sobre las violaciones a derechos
humanos que sufrió su padre en el marco del procedimiento policial y judicial analizado
en el caso. Además, declarará sobre el impacto que estas violaciones tuvo en su familia,
y específicamente aportará información sobre el impacto que tuvo en su vida laboral,
personal y en la relación con su padre y en las dinámicas de su familia.
(4) Fátima Adriana Castro quien declarará sobre las violaciones a derechos humanos
que sufrió su ex esposo en el marco del procedimiento policial y judicial analizado en
el caso. Además, declarará sobre el impacto que estas violaciones tuvo en su familia,
y específicamente aportará información sobre el impacto que tuvo en su vida laboral,
personal y en la relación con su padre y en las dinámicas de su familia.
C. Perito
Propuesto por la Comisión Interamericana
(5) Juan Pablo Gomara, quien rendirá dictamen pericial sobre las obligaciones
internacionales de los Estados que resultan exigibles en el marco otorgamiento de
facultades de detención a cuerpos de seguridad cuando no exista orden de autoridad
competente ni flagrancia, sino con base en la posible sospecha de cometer un delito.
El perito se pronunciará sobre estándares de legalidad y no arbitrariedad para detener
a persona bajo sospecha, así como la validez de uso en el proceso penal de las pruebas
obtenidas durante dicho acto.
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