-50Irregularmente (en adelante también, RNTCI)202. Adicionalmente, se creó una Comisión Ejecutiva encargada de analizar los documentos probatorios presentados por los ex trabajadores cuya renuncia fue coaccionada,203 y estableció un programa extraordinario de acceso a beneficios para los ex trabajadores cuyos ceses colectivos habían sido considerados como irregulares por las respectivas comisiones204. La Comisión Ejecutiva y el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo han publicado listados que contienen los nombres de los trabajadores comprendidos en los supuestos de ceses irregulares y de renuncias bajo coacción. En este sentido, se expidieron cinco listados 205: Primer listado Segundo listado206 Tercer listado207 Cuarto listado Quinto listado208 R.M. No. 347-2002-TR R.M. No. 059-2003-TR R.S. No. 034-2004-TR R.S. No. 028-2009-TR R.M. No. 142-2017-TR 22/12/2002 27/12/2003 02/10/2004 05/08/2009 17/08/2017 132. El 6 de julio de 2016, se emitió la Ley No. 30484 209, a través de la cual se reactivó la Comisión Ejecutiva de la Ley No. 27803. Esta Ley dispone que se incorporará a los beneficiarios que optaron por la reincorporación o reubicación laboral y que hasta la fecha no han gozado de tal beneficio. Esta norma también contempla la posibilidad de que los beneficiarios puedan cambiar de opción por la compensación económica o la jubilación anticipada. 202 Artículos 3 y 4 de la Ley No. 27803, “Ley que implementa las recomendaciones derivadas de las comisiones [especiales] creadas por las leyes No. 27452 y No. 27586, encargadas de revisar los ceses colectivos efectuados en las Empresas del Estado sujetas a Procesos de Promoción de la Inversión Privada y en las entidades del Sector Público y Gobiernos Locales”, promulgada el 29 de julio de 2002 (expediente de prueba, trámite ante la Comisión, folios 5124 al 5134). 203 Artículo 5 de la Ley No. 27803, “Ley que implementa las recomendaciones derivadas de las comisiones [especiales] creadas por las leyes No. 27452 y No. 27586, encargadas de revisar los ceses colectivos efectuados en las Empresas del Estado sujetas a Procesos de Promoción de la Inversión Privada y en las entidades del Sector Público y Gobiernos Locales”, promulgada el 29 de julio de 2002, (expediente de prueba, trámite ante la Comisión, folios 5124 al 5134). 204 Artículo 2 de la Ley No. 27803, “Ley que implementa las recomendaciones derivadas de las comisiones [especiales] creadas por las leyes No. 27452 y No. 27586, encargadas de revisar los ceses colectivos efectuados en las Empresas del Estado sujetas a Procesos de Promoción de la Inversión Privada y en las entidades del Sector Público y Gobiernos Locales”, promulgada el 29 de julio de 2002 (expediente de prueba, trámite ante la Comisión, folios 5124 al 5134). 205 Los listados están disponibles en www.mintra.gob.pe/mostrarContenido.php?id=196&tip=195. (Expediente de prueba, anexo 43 del informe de fondo de la CIDH). 206 “Segundo listado de ex trabajadores cesados irregularmente de acuerdo con lo dispuesto en las Leyes Nos. 27452, 27586 y 27803”. Aprobado por Resolución Ministerial No. 059-2003-TR, publicada en el Diario Oficial “El Peruano”, el 27 de marzo de 2003 (expediente de prueba, trámite ante la Comisión, folios 1443 al 1446). 207 “Última lista de ex trabajadores que deben ser inscritos en el Registro de Trabajadores Cesados Irregularmente”. Aprobada por la Resolución Suprema No. 034 – 2004- TR (expediente de prueba, trámite ante la Comisión, folios 3786 al 3788). 208 “Última lista de ex trabajadores que, conforme a las atribuciones de la Comisión Ejecutiva creada por la Ley N° 27803 y reactivada por la Ley N° 30484, deben ser inscritos en el Registro Nacional de Trabajadores Cesados Irregularmente”. Aprobada por resolución Ministerial N° 142-2017-TR, publicada en el Diario Oficial “El Peruano” 17 de agosto de 2017. Disponible en www.mintra.gob.pe/mostrarContenido.php?id=196&tip=195 (expediente de prueba, anexo 43 del informe de fondo de la CIDH). 209 Ley N° 30484 “Ley de reactivación de la Comisión Ejecutiva creada por la Ley N° 27803, Ley que implementa las recomendaciones derivadas de las comisiones creadas por las Leyes N° 27452 y N°27586, encargadas de revisar los ceses colectivos efectuados en las empresas del Estado sujetas a procesos de promoción de la inversión privada y en las entidades del sector público y gobierno locales”, publicada en el Diario Oficial “El Peruano” el 6 de julio de 2016 (expediente de prueba, Anexo 12 al escrito de alegatos finales de la representante Loayza Tamayo, folios 24151 al 24153).

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