70 207. Según los hechos acreditados en la sentencia 680-2007 del Tribunal Penal del Primer Circuito Judicial de San José, el señor Martínez se desempeñó como representante de la Segunda Vicepresidencia de la República de Costa Rica encargado de coordinar los Programas de Compensación Social y Titulación de Tierras 277 a partir del 17 de julio de 1995278. Al mismo tiempo, consta que el señor Martínez fue contratado para trabajar en el proyecto CAM/92/0009-Ruta Social del Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) del 2 de enero al 30 de junio de 1997 279. Señalado de haber cometido actos de peculado mientras fungía como coordinador de la Comisión de Compensación Social, el 21 de agosto de 1998 la Fiscalía de Delitos Económicos presentó al Juzgado Penal de turno Extraordinario, la solicitud de enviar al señor Martínez Meléndez a prisión preventiva 280. El 22 de agosto de 1998 el Juzgado Penal de Turno ordenó su reclusión en prisión preventiva por el término de 6 meses, el cual concluía el 22 de febrero de 1999. Conforme la información aportada por la Fiscalía, el señor Martínez habría presionado a un testigo “para que no hablara” y participó en la “sustracción de documentos públicos [para] proce[der] a su destrucción”. Con base en ello, el Juzgado consideró que el señor Martínez podría provocar un obstáculo procesal manipulando los elementos de prueba que se echa[ban] de menos con el propósito de evadir la justicia y su responsabilidad penal” 281. El 19 de febrero de 1999, previo al vencimiento del período de prisión preventiva decretado, el Juzgado Penal del Primer Circuito Judicial de San José prorrogó la medida de coerción por el plazo de 6 meses hasta el 18 de agosto de 1999 y, considerando que “no exist[ían] indicios claros de donde se derive que el encartado estando en libertad pueda obstaculizar la investigación”, sustituyó la medida de prisión preventiva por una caución real que ascendía a la suma de 30 millones de colones, la obligación de presentarse a la Fiscalía de Delitos Económicos del Ministerio Público a firmar una vez cada quince días e impedimento de salida del país282. 208. El 26 de noviembre de 1999 el señor Martínez viajó a Canadá y solicitó la condición de refugiado en dicho país283. Mientras permaneció en el extranjero el proceso penal en su contra continuó: el 13 de diciembre de 1999 se decretó su rebeldía; el 16 de diciembre de 1999 se ordenó su detención internacional, y el 7 de septiembre de 2000 el Juzgado Penal del Primer Circuito Judicial de San José ordenó, en vista de la cantidad de documentos que formaban parte de la acusación, la tramitación compleja del expediente, considerando que esto “facilita[ba] que los plazos establecidos en favor de las partes para realizar las actuaciones procesales y los que establecen términos se dupli[caran]”284. 277 Conforme los hechos acreditados en la Sentencia 680-2007, el Programa de Compensación social fue creado el 7 de julio de 1995 mediante decreto 24478-MP. Éste tenía como objetivo “otorgar apoyo económico a las familias que calificaran […], para hacerle frente a obligaciones y deudas relacionadas con sus lotes, parcelas, viviendas y servicios […]”. El Programa de Titulación de Tierras fue creado el 4 de abril de 1995 mediante decreto ejecutivo 24199-MP. Esta institución tenía por objeto “donar a los beneficiarios […] de los costos necesarios para dotarlos de un título de propiedad inscrito, […] siendo la población meta de este programa los poseedores consolidados en propiedades que pertenecían a instituciones públicas. Cfr. Sentencia No. 680-2007 del Juzgado Penal del I Circuito Judicial de San José, de fecha 17 de julio de 2007 (expediente de prueba, folios 34167 y 34170). 278 Cfr. Sentencia No. 680-2007 del Juzgado Penal del Primer Circuito Judicial de San José, de fecha 17 de julio de 2007 (expediente de prueba, folio 34175). 279 Cfr. Contrato de servicios entre el Proyecto CAM/92/0009-Ruta Social y Jorge Martínez Meléndez, de fecha 2 de enero de 1997, (expediente de prueba, folio 25730). 280 Cfr. Resolución del Juzgado Penal del Primer Circuito Judicial de San José, de fecha 3 de diciembre de 2003 (expediente de prueba, folio 2003). 281 Cfr. Resolución del Juzgado Penal de Turno Extraordinario de Fecha 22 de Agosto de 1998, (expediente de prueba, folio 26256). 282 Cfr. Resolución del Juzgado del Primer Circuito Judicial de San José, de fecha 19 de febrero de 1999 (expediente de prueba, folios 2026 y 2040) 283 Hecho no controvertido. Cfr. Nota de prensa "Canadá entrega a prófugo Martínez”, publicada en el Diario La Nación, 3 de diciembre de 2003 (expediente de prueba, folio 2042). 284 Cfr. Resolución del Juzgado Penal del Primer Circuito Judicial de San José, de fecha 7 de septiembre de 2000 (expediente de prueba, folio 2054). El artículo 376 del Código Procesal Penal vigente en ese entonces establecía el procedimiento para asuntos de tramitación compleja: “Procedencia. Cuando la tramitación sea

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