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satisfecho con el recurso extraordinario de casación”, para lo cual citó y transcribió lo
resuelto en diversas sentencias331.
C. Sobre el CAI La Reforma
232. El Centro de Atención Integral (CAI) La Reforma332 (ahora denominado Jorge Arturo
Montero Castro) es un centro penitenciario situado en el distrito de San Rafael, de la
provincia de Alajuela. El centro tiene siete ámbitos de convivencia, cada uno de ellos con un
Director de Ámbito y un equipo técnico y de seguridad 333. La organización del CAI la
encabeza el Director del Centro, seguido por el Sub Director que ejerce funciones de Jefe
técnico. Para la toma de decisiones tiene tres órganos colegiados: i) el Consejo Técnico, que
maneja el Plan Anual Operativo y supervisa la dinámica del Centro, ii) el Consejo de
Seguridad y iii) el Consejo Técnico Interdisciplinario, que estudia la respuesta de los
privados de libertad al Plan de Atención Técnica334.
C.1. En relación con el alegado maltrato de Damas Vega Atencio
233. Damas Vega y otros privados de libertad denunciaron ante el Ministerio de Justicia y
Contraloría de Servicios que el 20 de julio de 2006 se habría realizado una requisa donde
fueron sometidos a tratos crueles, inhumanos y degradantes, así como a actos de violencia
sexual por parte de los guardias penitenciarios335. Damas Vega indicó en su declaración ante
esta Corte que las denuncias interpuestas sobre el abuso sexual no prosperaban ante las
autoridades administrativas o judiciales336.
234. El 24 de julio de 2006 Damas Vega y otros reclusos del CAI La Reforma, presentaron
una denuncia contra el Área de Seguridad del Ámbito B ante el Ministerio de Justicia.
Alegaron que el 20 de julio sufrieron tocamientos en las áreas genitales por parte de un
funcionario. Además denunciaron que se realizaron requisas en sus dormitorios sin
permitirles la supervisión de las mismas, resaltando el riesgo de que los funcionarios
colocaron sustancias ilegales de forma ilícita en su ausencia 337.
235. El 29 de septiembre de 2006 la Contraloría de Servicios del Sistema Penitenciario
emitió un informe en relación a los hechos expuestos en el párrafo anterior. Con base en la
entrevista realizada a los privados de libertad el día 21 de septiembre de 2006, y al informe
del Supervisor de Seguridad del Ámbito B del 20 de septiembre de 2006, la Contraloría
recomendó que “en virtud de que los hechos denunciados pueden constituir una violación a
331
Se refirió a las sentencias número 2005-03619 de 5 de abril del 2005, número 0282-1990 de 13 de
marzo de 1990, número 719-1990 de 26 de junio de 1990, número 0282-90 de 13 de marzo de 1990, número
14715-04 de 22 de diciembre de 2004. Cfr. Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, Recurso de
hábeas corpus 2006-000052 (expediente de prueba, folios 20640 a 20643).
332
El Centro de Programa Institucional La Reforma data de 1971 y es el centro penitenciario más grande
del país; albergando la mayor cantidad de personas privadas de libertad. Cfr. Defensoría de los Habitantes,
Informe con recomendaciones 22 de febrero de 2011 (expediente de prueba, folio 43324).
333
En su contestación, el Estado refirió que los Ámbitos son el A al F, el Ámbito de Talleres Industriales, y
el denominado Puesto Siete. Según el Estado, en el año 2001 el Ámbito A y el Ámbito B se consolidaron
formando un único Ámbito B, y en el año 2013 se separaron dichos ámbitos nuevamente. Esto no fue
controvertido por las partes. Cfr. Escrito de contestación del Estado (expediente de fondo, folios 1487).
334
Hechos no controvertidos del escrito de contestación del Estado de 5 de febrero de 2016 (expediente
de fondo, folios 1486-1487).
335
Escrito de solicitudes y argumentos del interviniente común SIPDH (expediente de fondo, folio 516) e
Informe de fondo 33/14 de la CIDH (expediente de fondo, folio 51).
336
Declaración Jurada Afidávit de Damas Vega Atencio, escritura otorgada el 03 de agosto de 2017
(expediente de prueba, folio 44399 y folio 44400).
337
Denuncia de fecha 24 de julio de 2006 (expediente de prueba, folios 20829-20833).