judiciales prácticamente estaban subordinadas a las directrices militares y policiales en torno a la doctrina de la seguridad nacional5. 10. De acuerdo al informe preliminar sobre los desaparecidos en Honduras 1980-1993 del Comisionado Nacional de los Derechos Humanos, estas actividades fueron realizadas por unidades de inteligencia de las Fuerzas Armadas, en particular del Batallón de Inteligencia 3-16. Dicho batallón recibió un entrenamiento especializado en actividades de contrainsurgencia, lo que les dio “la seguridad y convicción de que tenían autoridad para detener, torturar y ejecutar ciudadanos”6. B. Sobre Herminio Deras y los hechos ocurridos antes de su muerte 11. En la época de los hechos, Herminio Deras tenía 42 años y vivía en la ciudad de San Pedro de Sula, departamento de Cortés. El señor Deras era maestro de profesión y dirigente político del Partido Comunista de Honduras. Asimismo, se desempeñaba como asesor de varios sindicatos de la costa norte de Honduras7. Según la información aportada por la parte peticionaria, en la época de los hechos la familia del señor Deras estaba compuesta por: i) su esposa Otilia Flores; ii) sus dos hijos Herminio y Lorena de 7 y 11 años de edad, respectivamente; iii) sus padres Maria Eustaquia García y Domingo Deras; iv) sus hermanos/as Alba Luz, Irma Isabel, Consuelo, Héctor y Luis Rolando Deras; y v) sus sobrinos/as, primos/as, cuñados/as José Herminio Deras Barahona, Sandra Ivón Hernández Deras, Marlin García, Julio Cesar Chavarría Banegas, Elba Flores Ortiz y Cristóbal Hernández Pérez8. 12. La CIDH toma nota de la información proporcionada por la parte peticionaria y por declaraciones de los familiares del señor Deras respecto de diversos actos de allanamiento, detenciones, golpes y amenazas en contra de Herminio y varios de sus familiares entre los años 1977 y 1982, cometidos en muchos casos por agentes públicos9. Ello debido a la participación del señor Deras y sus familiares en actividades políticas del partido y en organizaciones sindicales. Se agregó que a pesar de haber denunciado estos hechos, no se realizó ninguna investigación. Dicha información no fue controvertida por el Estado ni el mismo aportó documentación en contrario. La Comisión pasa a recapitular dicha información: 1977 − Agentes militares allanaron la casa de la madre del señor Deras. Debido a que no lo encontraron, golpearon a su madre en la cabeza con una pistola y la amenzaron con matarla si es que no encontraban un mimeógrafo que presuntamente tenía el señor Deras para realizar sus actividades políticas. Dichos hechos fueron presenciados por Irma Isabel, hermana del señor Deras, quien en la época tenía quince años. − Agentes militares allanaron la casa del padre del señor Deras y lo acusaron de manejar una radio clandestina. Su padre fue golpeado, amarrado y sacado de su residencia. − Irma Isabel, hermana del señor Deras, fue detenida junto con dos personas más por agentes públicos por presuntamente distribuir el periódico Vanguardia, el cual sería producido y editado por el Partido Comunista. Las tres personas fueron llevadas a las celdas de la Dirección Nacional de Investigación (en adelante DNI), en donde fueron vendadas y amarradas de manos a pies, y las amenazaron “con sacarles el periódico del estómago si no entregaban un ejemplar”. 1979 Comisión de la verdad y reconciliación, Informe: Para que los hechos no se repitan, Honduras, 2011, págs. 56, 83. Comisionado Nacional de los Derechos Humanos, Los hechos hablan por sí mismo: Informe preliminar sobre los desaparecidos en Honduras 1980-1993. Tegucigalpa, 2002, pág. 392. 7 Anexo 1. Declaración de Otilia Flórez Ortiz del 12 de agosto de1998. Anexo al expediente judicial 7159-02. Nota de Prensa “Acribillan a Herminio Deras”, periódico La Tribuna, 31 de enero de 1983. Anexo al expediente 7591-02. 8 Comunicación de la parte peticionara de 2 de febrero de 2014. 9 Comunicaciones de la peticionara de 2 de agosto de 2010 y 2 de febrero de 2014. Anexo 1. Declaración de Otilia Flores Ortiz, 9 de agosto de1998. Declaración de Elba Flores Ortiz, 6 de febrero de 2002. Declaración de Luis Ronaldo Deras García, 12 de agosto de 1998. Declaración de Isabel Deras García, 12 de agosto de 1998. Anexo al expediente judicial 7159-02. Anexo 2. Notas de prensa sobre el ametrallamiento a la casa de la familia Deras. Anexo a la comunicación de la parte peticionara de 2 de agosto de 2010. Anexo 3. Denuncia presenta por Otilia Flores Ortiz el 4 de febrero de 1983. Anexo al comunicado de la parte peticionaria del 02 de agosto del 2010. 5 6 3