complejos, tanto por el hecho de que los mismos conciernen a varios imputados, por la
naturaleza del delito de corrupción, por la jerarquía de los presuntos implicados, y
porque existió duda por parte de los funcionarios judiciales sobre cómo aplicar algunas
normas procesales en el contexto de transición del proceso penal inquisitivo al
acusatorio; que la actividad procesal de los imputados ha resultado en la prolongación
de los procesos internos, y que el Estado ha sido diligente en las actuaciones dentro de
los procesos.
156. Adicionalmente, en relación al caso “Gader”, el Estado resaltó que, en el periodo
entre el 13 de agosto de 2005, hasta enero de 2007, realizó 4 actos procesales,
incluida una decisión sobre el fondo, la cual requería la revisión del expediente y sus
actuaciones de manera exhaustiva. En lo que respecta al caso “Luminarias Chinas”,
agregó que de la historia de ese proceso se desprende que las complejas
intervenciones procesales han retrasado que se llegara a decisiones definitivas.
Específicamente, en lo que respecta al periodo del 12 de enero de 2004, hasta el 22 de
noviembre de 2008, manifestó que se realizaron 12 actuaciones en el marco de los
procesos penales. Respecto del caso “Quaglio”, resaltó que la investigación contra la
señora Andrade comenzó en el año 2000, y fue condenada en el año 2006, por lo que
no existe una violación al plazo razonable. Además hizo notar que la señora Andrade se
ha visto beneficiada por qué, aun cuando ya fue emitida sentencia condenatoria, ésta
ha quedado pendiente de cumplimiento. Agregó que, en lo que respecta a las pocas
actuaciones judiciales entre el 11 de septiembre de 2006, y el 27 de octubre de 2011,
en un proceso de casación “no puede esperarse una actuación judicial similar a los
demás jueces que conocieron de la causa”.
B. Consideraciones de la Corte
157. La Corte recuerda que el derecho de acceso a la justicia requiere que los hechos
investigados en un proceso penal sean resueltos en un plazo razonable, toda vez que
una demora prolongada puede llegar a constituir, en ciertos casos, por sí misma, una
violación de las garantías judiciales199. El plazo razonable, al que se refiere el artículo
8.1 de la Convención, debe apreciarse en relación con la duración total del proceso,
desde el primer acto procesal hasta que se dicta sentencia definitiva 200. Del mismo
modo, la Corte ha establecido que la etapa de ejecución de las sentencias también
puede abordarse para contabilizar el término de duración de un proceso, con el fin de
determinar su incidencia en la prolongación del plazo razonable201. Adicionalmente, este
Tribunal ha considerado cuatro elementos para analizar la razonabilidad de un plazo: a)
la complejidad del asunto; b) la actividad procesal del interesado; c) la conducta de las
autoridades; y d) la afectación generada en la situación jurídica de la persona
involucrada en el proceso202. La Corte recuerda que corresponde al Estado justificar,
con fundamento en los criterios señalados, la razón por la cual ha requerido del tiempo
199
Cfr. Caso Hilaire, Constantine y Benjamin y otros Vs. Trinidad y Tobago. Fondo, Reparaciones y
Costas. Sentencia de 21 de junio de 2002. Serie C No. 94, párr. 145, y Caso Tenorio Roca y otros Vs. Perú,
párr. 237.
200
Cfr. Caso Suárez Rosero Vs. Ecuador. Fondo. Sentencia de 12 de noviembre de 1997. Serie C No.
35, párr. 71, y Caso Quispialaya Vilcapoma Vs. Perú. Excepciones Preliminares, Fondo, Reparaciones y
Costas. Sentencia de 23 de noviembre de 2015. Serie C No. 308, párr. 176.
201
Cfr. Caso Gomes Lund y otros ("Guerrilha do Araguaia") Vs. Brasil. Excepciones Preliminares,
Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 24 de noviembre de 2010. Serie C No. 219, párr. 220; y Caso
Furlan y familiares Vs. Argentina. Excepciones Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 31
de agosto de 2012. Serie C No. 246., párr. 149.
202
Cfr. Caso Valle Jaramillo y otros Vs. Colombia. Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 27 de
noviembre de 2008. Serie C No. 192 párr. 155, y Caso Tenorio Roca y otros Vs. Perú, párr. 238.
-47-