RESOLUCIÓN DE LA
CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS*
DE 20 DE ABRIL DE 2004
MEDIDAS PROVISIONALES
RESPECTO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
CASO DEL CENTRO DE DERECHOS HUMANOS
MIGUEL AGUSTIN PRO JUAREZ Y OTROS
VISTOS:
1.
La Resolución emitida por el Presidente de la Corte Interamericana de Derechos
Humanos (en adelante “la Corte” o “el Tribunal”) el 25 de octubre de 2001, en consulta con los
demás Jueces de la Corte, mediante la cual resolvió:
1.
Requerir al Estado que adopte, sin dilación, cuantas medidas sean necesarias para
proteger la vida e integridad de los integrantes del Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro
Juárez y de los abogados Pilar Noriega García, Bárbara Zamora López y Leonel Rivero Rodríguez.
2.
Requerir al Estado que dé participación a los peticionarios en la planificación e
implementación de las medidas y que, en general, los mantenga informados sobre el avance de las
medidas dictadas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
3.
Requerir al Estado que investigue los hechos denunciados que dieron origen a las
presentes medidas con la finalidad de descubrir a los responsables y sancionarlos.
4.
Requerir al Estado que, dentro de 10 días a partir de la notificación de la […] Resolución,
informe a la Corte Interamericana de Derechos Humanos sobre las medidas que haya adoptado en
cumplimiento de la misma.
5.
Requerir a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos que, dentro de 10 días a
partir de la notificación del informe del Estado, presente a la Corte Interamericana de Derechos
Humanos las observaciones que estime pertinentes.
6.
Requerir al Estado que continúe informando a la Corte Interamericana de Derechos
Humanos, cada dos meses, sobre las medidas provisionales adoptadas, y requerir a la Comisión
Interamericana de Derechos Humanos que presente sus observaciones a dichos informes dentro de
un plazo de seis semanas a partir de su recepción.
7.
Convocar a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y a México a una audiencia
pública en la sede de la Corte Interamericana de Derechos Humanos el 26 de noviembre de 2001, a
las 15:00 horas, con el propósito de escuchar sus puntos de vista sobre los hechos y circunstancias
*
El Presidente de la Corte, Juez Sergio García Ramírez, de conformidad con el artículo 4.3 del Reglamento de la
Corte y en razón de ser de nacionalidad mexicana, cedió la Presidencia para el conocimiento de estas medidas
provisionales al Vicepresidente de la Corte, Juez Alirio Abreu Burelli.
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