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a consumir estupefacientes y medicamentos, ver películas pornográficas, cocinar y permanecer
desnuda, siempre bajo amenazas de matar a su familia. Luis Antonio Carrera Almoina decía a las
demás personas que Linda Loaiza López Soto era su pareja y que los gritos eran por problemas de
relación que estaban resolviendo, obligándola a decir que se encontraba bien. Manifestó que el
agresor “[le] introdujo una botella de whisky por [el] ano y por [la] vagina, él disfrutaba con todo
eso, se reía, le parecía muy bien todo lo que hacía, […] [le] apagaba los cigarrillos en [la] cara, [la]
quemaba con yesqueros, [la] golpeaba en todo momento”. Además, en una ocasión trató de
introducir un palo de escoba en su vagina. Cuando él salía, la dejaba esposada en la habitación. La
víctima debía suplicar permiso al agresor cada vez que necesitaba ir al baño, y era alimentada con
sobras de comida para sobrevivir. Luis Antonio Carrera Almoina “siempre tenía la pistola con la cual
[la] amenazaba, tenía correas de cuero con las que [la] amarraba, […] lo escuchaba por teléfono
cuando decía que era el hijo del rector”, “[le] mostró fotografías de mujeres diferentes a las cuales
[les] hizo lo mismo, que las dejaba tiradas por allí en la autopista Caracas La Guaira, Caracas
Guarenas”. Cuando se encontraban en la localidad de Petare, el agresor introdujo su mano en la
vagina de la víctima provocándole un desgarro, y en el Hotel Aventura le reventó una oreja 45.
65. Linda Loaiza López Soto declaró que, durante el tiempo que estuvo privada de libertad, no pudo
comunicarse con su familia. Luis Antonio Carrera Almoina llamaba a la hermana de Linda Loaiza
López Soto y le decía que ella estaba bien, que estaba estudiando modelaje. En una ocasión obligó
a Linda Loaiza a llamar a su hermana e insultarla46. En otra oportunidad realizó un depósito de dinero
a favor del padre de Linda Loaiza López Soto, diciéndole a esta última que así “él tenía pruebas, que
nadie lo podría culpar de lo que había hecho”. Asimismo, la obligó a “escribir cosas en unas fotografías
que […] tenía en [su] cartera”, así como también a escribir cartas “golpeándo[la] o poniendo la
pistola en la cabeza”47.
66. Linda Loaiza López Soto manifestó que el padre del agresor, quien era rector de la Universidad
Nacional Abierta y oriundo de la ciudad Cumaná en el estado de Sucre, tenía conocimiento sobre lo
que ocurría. Según la declaración de la víctima, Luis Antonio Carrera Almoina “llamaba en varias
oportunidades a su padre y le dijo que tenía una oreja inflamada y el padre le dijo que [le] sacara la
sangre con una inyectadora y [él la] puyaba y [le] sacaba la sangre y la botaba por el lavamanos”.
Señaló que, cuando regresaron a la ciudad de Caracas, fueron al apartamento del padre, quien dijo
a su hijo “que unas personas estaban llamando para su casa y él le dijo que era [su] familia que
quería saber de [ella]”48. Asimismo, la víctima manifestó que Luis Antonio Carrera Almoina alquiló el
Cfr. Declaración de Linda Loaiza López Soto que consta en la Sentencia emitida por el Juzgado Vigésimo de Primera
Instancia en funciones de juicio del Área Metropolitana de Caracas de 5 de noviembre de 2004 (expediente de prueba, tomo
IX, anexo 4 al informe de fondo, folios 5806 a 5819).
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Linda Loaiza López Soto declaró en el proceso penal interno: “nunca pude hablar por teléfono con mi familia, sino una
vez que me obligó a llamar a mi hermana y a insultarla con palabras obscenas, como tenía mi agenda, llamaba a mi hermana
y le decía que yo estaba bien, que estaba estudiando modelaje”. Declaración de Linda Loaiza López Soto que consta en la
Sentencia emitida por el Juzgado Vigésimo de Primera Instancia en funciones de juicio del Área Metropolitana de Caracas de
5 de noviembre de 2004 (expediente de prueba, tomo IX, anexo 4 al informe de fondo, folio 5807). Véase también, Declaración
de Linda Loaiza López Soto que consta en el Acta de Juicio Oral y Público de 6 de septiembre de 2004 (expediente de prueba,
tomo XXXIII, anexos a la contestación, folio 22806). El padre de la víctima, Nelson López Meza, declaró que: “diariamente
nos comunicábamos hasta dos y treces veces en el día, […] con Linda dejé de comunicarme desde el momento en que fue
secuestrada, desde el 27-03-01, con Ana Secilia si hablaba, todavía más, cuando me manifiesta que Linda Loaiza se había
desaparecido, lo único que le dije fue que había que poner una denuncia en la PTJ [Policía Técnica Judicial], me dijo que había
salido y no había llegado, esa era la preocupación de nosotros, porque desde que Linda Loaiza fue secuestrada no tuvo más
comunicación con Ana”. Declaración de Nelson López Meza que consta en la Sentencia emitida por el Juzgado Vigésimo de
Primera Instancia en funciones de juicio del Área Metropolitana de Caracas de 5 de noviembre de 2004 (expediente de prueba,
tomo IX, anexo 4 al informe de fondo, folio 5941).
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Declaración de Linda Loaiza López Soto que consta en la Sentencia emitida por el Juzgado Vigésimo de Primera
Instancia en funciones de juicio del Área Metropolitana de Caracas de 5 de noviembre de 2004 (expediente de prueba, tomo
IX, anexo 4 al informe de fondo, folios 5808 a 5814).
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Declaración de Linda Loaiza López Soto que consta en la Sentencia emitida por el Juzgado Vigésimo de Primera
Instancia en funciones de juicio del Área Metropolitana de Caracas de 5 de noviembre de 2004 (expediente de prueba, tomo
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