y, en compañía del GIDH, la UBPD y la JEP realizaron una visita al polígono de interés forense 78. F.3. Acciones emprendidas por la Unidad de Búsqueda de Personas dadas por Desaparecidas 71. La Unidad de Búsqueda, en virtud del Decreto-Ley 589 de 2017, debe diseñar y poner en marcha un Plan Nacional de Búsqueda (PNB) y de Planes Regionales de Búsqueda (PRB) que agilicen el desarrollo de las acciones humanitarias de búsqueda, localización, recuperación, identificación y entrega digna de cuerpos esqueletizados de personas dadas por desaparecidas en el contexto y en razón del conflicto armado 79. En estos términos, la UBPD formuló el “Plan Regional de Búsqueda del Centro de Antioquia Capítulo Valle de Aburrá” (en adelante “el Plan Regional”), en el cual está incluido el caso de Arles Edisson Guzmán Medina como una de las personas dadas por desaparecidas en la Comuna 13 en el marco de las operaciones militares desarrolladas en la misma entre los años 2001 y 2003 80. La Unidad de Búsqueda, ha expuesto que la búsqueda de Arles Edisson Guzmán Medina se realiza desde la estrategia de búsqueda masiva de personas desaparecidas. Para el caso específico de Arles Edisson, “se concreta en la propuesta de intervención forense en el sector [“]La Escombrera[”] - [“]La Arenera[”], en donde de manera indiciaria podría estar dispuesto por lo menos el cuerpo de Arles Edisson” 81. El Estado ha indicado que la UBPD ha informado que Arles Edisson Guzmán Medina se encuentra registrado en la entidad desde el 27 de febrero de 2020. 72. La UBPD ha indicado que el plan integral de la búsqueda hasta el momento se ha centrado en cinco grandes acciones: (i) promoción y fortalecimiento de la participación de los familiares y la organización acompañante en las distintas acciones de búsqueda; (ii) documentación, sistematización y análisis de la información conducente para la ubicación del posible sitio de disposición del cuerpo; (iii) acciones de prospección en [“]La Escombrera[”]– [“]La Arenera[”] en el marco del cumplimiento de la Medida Cautelar; (iv) impulso a la identificación; y (v) articulación interinstitucional para la búsqueda. 73. Respecto a la primera acción, la Unidad de Búsqueda señaló que se han realizado diálogos individuales y colectivos con los familiares y se ha articulado trabajo con el GIDH. En un primer nivel se dialogó con los familiares de Arles Edisson para “conocer en detalle sus expectativas sobre la búsqueda y su participación en todas las acciones humanitarias”; en un segundo nivel se ha dialogado con los familiares y el Grupo Interdisciplinario por los Derechos Humanos (GIDH) como organización acompañante; y en un tercer nivel se ha mantenido diálogos colectivos donde participan los familiares de Arles Edisson, el GIDH y otras familias de la Comuna 13 víctimas de desaparición 82. 74. Sobre la segunda acción, la Unidad de Búsqueda indicó que pudo acceder a diligencias de distintas instituciones y a la información que la familia recabó de forma autónoma, lo cual 78 Cfr. Comunicación UBPD-1-2023-002256 de la Unidad de Búsqueda de Personas Dadas por Desaparecidas, de 28 de febrero de 2023 (expediente de prueba, folios 8126 a 8142). 79 Cfr. Decreto-ley 589 de 2017, incluido de oficio por Secretaría. Disponible en: http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/decreto_0589_2017.html, y Comunicación UBPD-1-2023002256 de la Unidad de Búsqueda de Personas Dadas por Desaparecidas, de 28 de febrero de 2023 (expediente de prueba, folios 8126 a 8142). 80 Cfr. Comunicación UBPD-1-2023-002256 de la Unidad de Búsqueda de Personas Dadas por Desaparecidas, de 28 de febrero de 2023, supra. 81 Cfr. Comunicación UBPD-1-2023-002256 de la Unidad de Búsqueda de Personas Dadas por Desaparecidas, de 28 de febrero de 2023, supra. 82 Cfr. Comunicación UBPD-1-2023-002256 de la Unidad de Búsqueda de Personas Dadas por Desaparecidas, de 28 de febrero de 2023, supra. 22

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