49 109.30. El 8 de septiembre de 1999, en razón de las medidas cautelares ordenadas por la Comisión Interamericana a favor de las niñas Dilcia y Violeta, el Estado ordenó a la Dirección General de Migración que emitiera, a favor de las presuntas víctimas, “certificaciones temporal[es] de estadía en el país hasta tanto se cono[ciera] y se defin[iera] su status migratorio en la República Dominicana”69. 109.31. El 21 de septiembre de 2001, luego de comunicarse con funcionarios de la Secretaría de Relaciones Exteriores, las señoras Leonidas Oliven Yean y Tiramen Bosico Cofi, acompañadas del señor Genaro Rincón Miesse, se dirigieron a la Oficialía del Estado Civil de la Primera Circunscripción para realizar las inscripciones de nacimiento de sus hijas Dilcia Yean y Violeta Bosico, respectivamente. En la Oficialía no se les requirió que pagaran impuesto alguno, ni que firmaran documentos o que prestaran una declaración pública70. 109.32. El 25 de septiembre de 2001 el Estado otorgó a la niña Dilcia Oliven Yean el acta de nacimiento emitida por la Oficialía del Estado Civil de la Primera Circunscripción de Distrito Nacional de la República Dominicana71. 109.33. El 25 de septiembre de 2001 el Estado otorgó a la niña Violeta Bosico el acta de nacimiento emitida por la Oficialía del Estado Civil de la Primera Circunscripción de Distrito Nacional de la República Dominicana72. 68 Cfr. escrito del Encargado de Facilidades de la Dirección General de Migración y del Embajador Encargado de la División de Estudios Internacionales de la República Dominicana dirigido a la Comisión Interamericana el 30 de septiembre de 1999 (expediente de anexos a la demanda, anexo 14, tomo II, folios 1441 a 1444); extracto del acta de nacimiento de la niña Dilcia Oliven Yean emitido el 25 de septiembre de 2001 por la Junta Central Electoral, Oficialía del Estado Civil de la Primera Circunscripción del Distrito Nacional de la República Dominicana (expediente de anexos a la demanda, anexo 14, tomo IV, folio 2105), y extracto del acta de nacimiento de la niña Violeta Bosico Cofi emitido el 25 de septiembre de 2001 por la Junta Central Electoral, Oficialía del Estado Civil de la Primera Circunscripción del Distrito Nacional de la República Dominicana (expediente de anexos a la demanda, anexo 14, tomo IV, folio 2104). 69 Cfr. escrito del Encargado de Facilidades de la Dirección General de Migración y del Embajador Encargado de la División de Estudios Internacionales de la República Dominicana dirigido a la Comisión Interamericana el 30 de septiembre de 1999 (expediente de anexos a la demanda, anexo 14, tomo II, folio 1441 al 1444). 70 Cfr. oficio del Movimiento de Mujeres Domínico-Hatianas dirigido a la Comisión Interamericana el 28 de septiembre de 2001 (expediente de anexos a la demanda, anexo 14, tomo IV, folios 2110 a 2111). 71 Cfr. extracto del acta de nacimiento de la niña Dilcia Oliven Yean emitido el 25 de septiembre de 2001 por la Junta Central Electoral, Oficialía del Estado Civil de la Primera Circunscripción del Distrito Nacional de la República Dominicana (expediente de anexos a la demanda, anexo 14, tomo IV, folio 2105), y certificado de declaración de nacimiento de la niña Dilcia Oliven Yean emitido el 25 de septiembre de 2001 por la Oficialía de Estado Civil de la Primera Circunscripción del Distrito Nacional, Santo Domingo, República Dominicana (expediente de anexos a la demanda, anexo 14, tomo IV, folio 2113; expediente de anexos al escrito de solicitudes y argumentos, anexo 14, folio 90, y expediente de anexos a la contestación de la demanda, anexo 18, folio 43). 72 Cfr. extracto del acta de nacimiento de la niña Violeta Bosico Cofi emitido el 25 de septiembre de 2001 por la Junta Central Electoral, Oficialía del Estado Civil de la Primera Circunscripción del Distrito Nacional de la República Dominicana (expediente de anexos a la demanda, anexo 14, tomo IV, folio 2104), y certificado de declaración de nacimiento de la niña Violeta Bosico Cofi emitido el 25 de septiembre de 2001 por la Oficialía de Estado Civil de la Primera Circunscripción del Distrito Nacional, Santo Domingo, República Dominicana (expediente de anexos a la demanda, anexo 14, tomo IV, folio 2112; expediente de anexos al escrito de solicitudes y argumentos, anexo 15, folio 91, y expediente de anexos a la contestación de la demanda, anexo 35, folio 105).

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