183. En el presente caso, la presunta víctima tuvo que declarar sobre la violación sexual en
tres oportunidades226, más las descripciones de los hechos que tuvo que realizar en el
examen médico227, en la pericia psicológica228 y en la evaluación psiquiátrica229. En este
sentido, no se advierte que el Estado hubiese tomado medidas para limitar las repeticiones
de las declaraciones.
184. Adicionalmente, de las transcripciones de las declaraciones que constan en el
expediente se desprende que interrogaron a la señora Rojas Marín sin que mediaran
esfuerzos para hacerla sentir cómoda y libre para declarar lo que considerara relevante. Por
el contrario, se le hicieron preguntas que parecieran mostrar que desde el momento en que
se estaba tomando la declaración los funcionarios participantes estaban poniendo en duda la
veracidad de lo declarado. En este sentido en la declaración del 6 de marzo de 2008 se le
preguntó a la presunta víctima:
¿Si el día 28FEB08 en que se le recepcionó su manifestación inicial Ud. aún sentía dolor en
el ano para sentarse, debido a que su declaración duró un promedio de tres horas y media
y Ud. permaneció sentad[a] todo ese tiempo sin demostrar molestia alguna e incluso Ud.
Estuvo setand[a] con las piernas cruzadas?230.
185. Del mismo modo, en esa misma declaración, cuando ya había relatado libremente lo
relativo a la violación sexual se le volvió a cuestionar “si Ud., puede precisar si la vara de
goma o mazo utilizado por los policías fue introducido en su recto o solamente fue un intento
de introducirlo?”231.
186. Asimismo, las autoridades judiciales realizaron una diligencia de inspección y
reconstrucción judicial donde la presunta víctima declaró nuevamente sobre lo sucedido,
pero esta vez frente a los presuntos responsables y en el mismo lugar donde ocurrieron los
hechos232. Durante dicha diligencia varios policías, funcionarios judiciales y el abogado de
uno de los imputados se rieron en distintos momentos al escuchar la declaración de la
señora Rojas Marín233. Asimismo, el abogado de uno de los imputados constantemente
interrumpía la declaración de la señora Rojas Marín con tono burlón, solicitándole en una
ocasión que gritara de la misma forma que había gritado en la noche del 25 de febrero de
226
Cfr. Manifestación de Azul Rojas la Comisaría de Casa Grande el 28 de febrero de 2008 (expediente de
prueba, folio 2811); Ampliación de la manifestación de Azul Rojas Marín ante la Comisaría de Casa Grande el 6 de
marzo de 2008 (expediente de prueba, folio 2815), y Vídeo 1 de diligencia de inspección y reconstrucción de hechos
del 15 de agosto de 2008 (expediente de prueba, carpeta de material audiovisual, minutos 00:00 a 00:22, 01:10 a
02:38, 4:02 a 4:38 y 11:11 a 12:48).
227
Cfr. Certificado Médico Legal de 29 de febrero de 2008 (expediente de prueba, folio 2822).
228
Cfr. Protocolo de pericia psicológica realizado por la División Médico Legal de Ascope del Instituto de
Medicina Legal del Ministerio Público los días 29 de febrero de 2008 y 4 de marzo de 2008 (expediente de prueba,
folio 2824).
229
Cfr. Evaluación psiquiátrica de 13 de septiembre de 2008 (expediente de prueba, folios 2917 y 2918).
230
Cfr. Ampliación de la manifestación de Azul Rojas Marín ante la Comisaría de Casa Grande el 6 de marzo de
2008 (expediente de prueba, folio 2815).
231
Cfr. Ampliación de la manifestación de Azul Rojas Marín ante la Comisaría de Casa Grande el 6 de marzo de
2008 (expediente de prueba, folio 2818).
232
Cfr. Vídeo 1 de diligencia de inspección y reconstrucción de hechos del 15 de agosto de 2008 (expediente de
prueba, carpeta de material audiovisual), y Acta de la Diligencia de Inspección y Reconstrucción de 15 de agosto de
2008 (expediente de prueba, folio 2896).
233
Cfr. Vídeo 1 de diligencia de inspección y reconstrucción de hechos del 15 de agosto de 2008 (expediente de
prueba, carpeta de material audiovisual, minutos 00:45, 07:52, 12:05) y Vídeo 2 de diligencia de inspección y
reconstrucción de hechos del 15 de agosto de 2008 (expediente de prueba, carpeta de material audiovisual,
minutos 05:20-05:25).
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