6
15.
Además la representación mostró su preocupación porque el Estado ha tomado
una “actitud pasiva e insensible” ante las amenazas en las vidas del señor Meléndez
Quijano y todos los beneficiarios de las medidas y ve la situación “con indiferencia y [les]
traslada la responsabilidad de proporcionar un vehículo de la familia para transportar
personal de seguridad”, a lo que se agrega el gasto adicional de combustible”, cuestión
que informaron en la reunión celebrada el 4 de julio de 2014 al Ministerio de Relaciones
Exteriores para que les ayudara a dar solución, sin resultado alguno.
16.
En sus últimas observaciones presentadas el 3 de octubre de 2014, la
representación se refirió a las reuniones que ha tenido con funcionarios estatales, para
coordinar y gestionar la efectiva implementación de las presentes medidas provisionales
y se refirió nuevamente a la última reunión celebrada el 4 de julio de 2014, la cual según
el señor Meléndez fue solicitada por él, ya que El Salvador no había tratado de conocer
las condiciones de los beneficiarios. En dicha reunión se concluyó que “cada institución
retomaría los puntos planteados, coordinaciones solicitadas y reuniones que serían
gestionadas, para la efectiva implementación de las medidas provisionales”, lo cual atañe
remover los logos de cada auto dispuesto para la seguridad de los beneficiarios, su
cambio o revisión técnico-mecánica, incrementar el personal de seguridad y realizar las
investigaciones sobre las denuncias presentadas por la falta de diligencia en los
requerimientos para protección personal y de la familia Meléndez Quijano.
17.
Además la representación hizo notar las inconsistencias entre lo sucedido desde el
último informe estatal y lo dicho por el Estado frente a las medidas adoptadas para
proteger a los beneficiarios, ya que no ha tomado en cuenta las denuncias presentadas ni
los datos entregados por el señor Meléndez en varios documentos, mediante los cuales
pretende probar las alegadas amenazas recibidas en los teléfonos celulares del señor
Meléndez Quijano y de su hija Estefani Marcela Meléndez García, las que según se señaló
también fueron verificadas por los agentes de seguridad e informadas a la Policía. Agregó
que hay otras inconsistencias al considerar que el Estado contradice los informes diarios
de las personas a cargo de su protección, ya que ha tomado ciertos actos como normales
y no ha dado relevancia a actos que pueden lesionar su seguridad.
18.
Por último señaló que el Estado debe realizar las investigaciones sobre las
denuncias presentadas por la falta de diligencia en los requerimientos para protección
personal y de la familia Meléndez Quijano 11.
19.
El Estado en cuanto a la implementación de la seguridad a favor de los beneficios
de las medidas señaló que la misma es coordinada por el Programa de Protección de
Víctimas y Testigos de la Unidad Técnica Ejecutiva del Sector Justicia (UTE) y ejecutada
operativamente con elementos de la División de Protección a Víctimas y Testigos de la
Policía Nacional Civil (en adelante “PNC”). Agregó que la seguridad del señor Meléndez y
su familia fue instalada desde el 2 de octubre de 2009 y actualmente el servicio se realiza
con ocho agentes de seguridad, lo cual representa un costo económico de acuerdo al
reporte de la PNC. A la vez el Estado hizo referencia a un informe de la Fiscalía General
de la República (FGR) sobre el estado actual de las investigaciones acumuladas bajo las
referencias 5625-UDV-2005; 5439-UDV-2006; 5833-UDV-2006; 4221-UDV-2007, las
cuales fueron acumuladas bajo la referencia 5439-UDV-2006 y adicionalmente el 29 de
noviembre de 2009, la Unidad de Patrimonio Privado (en adelante “UPP”) de la Fiscalía
abrió el expediente 7579-UDPP-09, relacionado con los hechos que dieron origen a las
11
Al respecto, señaló que el Estado en su informe omitió referirse a que se han presentado denuncias contra
algunos funcionarios judiciales para investigar la negligencia e ilegalidad en los trámites iniciados por los
beneficiarios sobre los hechos señalados, en la mayoría de las cuales los fiscales han solicitado el
sobreseimiento.