- 20 Información Sumaria investigativa67. C. Proceso disciplinario de información sumaria C.1 El procedimiento de información sumaria y los órganos que intervienen en su tramitación 62. De acuerdo al previamente referido Reglamento de Disciplina Militar, las faltas atentatorias eran sancionadas por Consejos de Disciplina o mediante información sumaria. Asimismo, dicho Reglamento disponía que cuando un oficial conociera de la comisión de una falta atentatoria, debía elevar el parte al Comandante de la unidad a la cual perteneciera el infractor, a fin de que dispusiera la conformación inmediata del Consejo de Disciplina. Sin embargo, “[d]e acuerdo a la naturaleza de la falta, dicho Comandante pod[ía] solicitar, por los canales respectivos, que el juez de instrucción de la Zona Jurisdiccional inici[ara] la correspondiente información sumaria”68. El procedimiento de información sumaria es un procedimiento administrativo regulado en el Reglamento para la Tramitación de Informaciones Sumarias en las Fuerzas Armadas 69. El artículo 2 del citado Reglamento indica que: Art. 2.- Propósito de la información sumaria.- La información sumaria es un procedimiento administrativo, tendiente a establecer la verdad sobre un hecho y determinar las consecuencias jurídicas del mismo, sea que se trate de establecer las circunstancias y responsabilidades de un siniestro, pérdida o baja de bienes del Estado, conducta profesional o disciplinaria del personal de las Fuerzas Armadas o en general justificar hechos de cuyo resultado se establezcan efectos que interesen a la Institución Armada. La justificación de los hechos se efectuará por los medios probatorios señalados en la ley70. 63. De conformidad con la Ley Orgánica del Servicio de Justicia en las Fuerzas Armadas, corresponde a los Jueces de Instrucción Militar tramitar las informaciones sumarias que le fueran encomendadas por el Comando de la Zona correspondiente a su jurisdicción 71. No obstante, “la parte resolutiva, por vía administrativa, dentro de la cadena de mando, corresponde a los Comandantes de Zona o Brigada de la respectiva juri[s]dicción”72, a quienes se les denomina “Jueces de Derecho” en el marco del procedimiento. 64. El procedimiento de información sumaria inicia con un auto inicial, el cual puede tener como antecedente, entre otros, un memorando de la autoridad militar superior solicitando la apertura de 67 Reglamento de Disciplina Militar de 1998 (expediente de fondo, folio 676). 68 Artículos 78 y 87 del Reglamento de Disciplina Militar de 1998 (expediente de fondo, folios 671 y 672). 69 Cfr. Resolución del Juzgado de Derecho de la Cuarta Zona Militar de 17 de enero de 2001 (expediente de prueba, folio 2581). De acuerdo a la información disponible y por la fecha en que fue adelantada la información sumaria de investigación al señor Flor Freire, se desprende que la norma aplicada en el presente caso fue el Reglamento para la tramitación de Informaciones Sumarias de las Fuerzas Armadas, contenido en el Acuerdo Ministerial 1046, publicado en la Orden General Ministerial No. 01 de 1 de enero de 1994 (en adelante “Reglamento para la Tramitación de Informaciones Sumarias de 1994”) (expediente de prueba, folio 1443). Este Reglamento fue posteriormente sustituido por un nuevo Reglamento de tramitación de informaciones sumarias aprobado mediante Acuerdo No. 1088 del Ministro de Defensa Nacional y publicado en la Orden General Ministerial No. 200 de 30 de octubre de 2002 (expediente de prueba, folios 1430 a 1432). 70 71 Artículo 2 del Reglamento para la Tramitación de Informaciones Sumarias de 1994 (expediente de prueba, folio 1443). El artículo 36.b de la Ley Orgánica del deberes de los Jueces de Instrucción, dentro sumarias que le fueren encomendadas por el ordene la superioridad militar”. Ley Orgánica 2484 y 2485). Ver también, el artículo 3 (expediente de prueba, folios 1443 y 1444). 72 Servicio de Justicia en las Fuerzas Armadas establecía: “Son atribuciones y de su respectiva circunscripción territorial: […] b) Tramitar las informaciones Comando de Zona, y los sumarios, diligencias y más trabajos jurídicos que le del Servicio de Justicia en las Fuerzas Armadas (expediente de prueba, folios del Reglamento para la Tramitación de Informaciones Sumarias de 1994 Artículo 3 del Reglamento para la Tramitación de Informaciones Sumarias de 1994 (expediente de prueba, folio 1444).

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