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sangre, marcas de huellas en el cuerpo de la víctima, cabellos, fibras, hilos u otras
pistas.
c)
No se advierte que se haya protegido ni acordonado la escena del crimen. Por el
contrario, en las tres fotografías de la escena que obran en el expediente se advierte la
presencia de un perro, en una de las imágenes, aproximadamente, a un metro de
distancia del cuerpo, lo cual permite aseverar que no se tomaron previsiones necesarias
214
para que no se contaminara la escena .
d)
La CIDH observa que en las fotografías aparecen objetos como una bolsa y una tela a
rayas. En el acta de levantamiento del cadáver del Ministerio Público y en el informe de
inspección policial no consta la presencia de los anteriores objetos. Es hasta una
declaración posterior de un agente de la policía que se confirma que en la escena había
“una bolsa de color blanco con el logotipo de la Despensa Familiar, […] cuyo contenido
no observ[ó]”, y que “el rostro [de la víctima] estaba cubierto por una sábana de colores”
215
. Según la declaración del agente de policía dichos objetos fueron entregados al hijo
216
de Florentín Gudiel , lo cual significa que no fueron recolectados como evidencia.
e)
Los agentes policiales y del Ministerio Público, no tomaron nota de vehículos que
estuvieran en la zona del crimen. Según la información recibida por Makrina Gudiel,
217
había cerca de la escena un carro que esperaba a quienes ejecutaron el asesinato .
Asimismo, según un agente de policía que participó en la diligencia de levantamiento
218
“estaba estacionado un pick-up del que no tom[ó] [sus] datos” .
f)
Antes del levantamiento del cuerpo sólo se entrevistó a Florentino Gudiel Álvarez, hijo de
Florentín Gudiel Ramos, y a un trabajador que estaba cerca de la zona. Lo anterior, a
pesar de que uno de los policías que intervino en la diligencia indicó con posterioridad
219
que “estaban varias personas cerca del cuerpo” . La falta de entrevista a las personas
que pudieron estar presentes, tiene una grave consecuencia en el desarrollo de la
investigación, pues, según los familiares de las víctimas, unas personas que se
encontraban dentro de un camión cerca de la escena del crimen indicaron a Florentino
220
Gudiel Álvarez que los asesinos estaban “cerca de un carro y p[odían] regresar” .
117.
La falta de exhaustividad en la inspección y conservación de la evidencia en la escena
del crimen resulta además evidente en el breve tiempo que duró la diligencia del levantamiento del
221
cadáver, la cual fue realizada en sólo 30 minutos . Según Makrina Gudiel, “[vecinos del lugar] tuvieron
214
Ver fotografías de la escena del crimen, folios 3 y 4.
215
Anexo 6, Fiscalía Especial de Derechos Humanos, ref. MP. 16-2005. Fdh, entrevista a César Danilo Carrera Lafaro, 9
de mayo de 2005, folio 42.
216
Según las declaraciones posteriores del agente policial, la Agente Auxiliar del Ministerio Público “procedió a
inspeccionar la escena del crimen, revisando a la víctima y los objetos que encontró […]lo[s] entregó al hijo de la víctima en el
mismo lugar”. Anexo 6, Fiscalía Especial de Derechos Humanos, ref. MP. 16-2005. Fdh, entrevista a César Danilo Carrera Lafaro,
9 de mayo de 2005, folio 42.
217
Anexo 8, Testimonio escrito de Makrina Gudiel Álvarez.
218
Anexo 6, Fiscalía Especial de Derechos Humanos, ref. MP. 16-2005. Fdh, entrevista a César Danilo Carrera Lafaro, 9
de mayo de 2005, folio 42.
219
Anexo 6, Fiscalía Especial de Derechos Humanos, ref. MP. 16-2005. Fdh, entrevista a César Danilo Carrera Lafaro, 9
de mayo de 2005, folio 42.
220
221
Anexo 8, Testimonio escrito de Makrina Gudiel Álvarez.
La diligencia de levantamiento de cadáver según el Ministerio Público inició a las 11:30 hrs. y según el informe de la
Policía concluyó a las 12 hrs. Anexo 6, Fiscalía Distrital de Santa Lucía, Escuintla, diligencia de levantamiento de cadáver, 20 de
diciembre de 2004, folio 295. Ver también Anexo 6, Policía Nacional Civil, Sub estación No. 31-43 Escuintla, Oficio No. 4,1262004/…/ref.///RL. Juárez, folio 293.