47
un plan militar secreto denominado “Ávila”32. Las garantías constitucionales
fueron restablecidas el 22 de marzo de 198933;
66.3. los sucesos de febrero y marzo de 1989, según cifras oficiales, dejaron
un saldo de 276 muertos, numerosos lesionados, varios desaparecidos y
cuantiosas pérdidas materiales.
Esa cifra inicial fue desvirtuada por la
posterior aparición de fosas comunes34. La abrumadora mayoría de las
muertes fue ocasionada por disparos indiscriminados realizados por agentes
del Estado venezolano o fueron el resultado de ejecuciones extrajudiciales35;
y
66.4. en este caso existió un patrón común caracterizado por el uso
desproporcionado de la fuerza por parte de agentes estatales, acompañado
del ocultamiento y destrucción de evidencia, así como el empleo de
mecanismos institucionales para asegurar la impunidad de los hechos36.
Inhumación de cadáveres en fosas comunes
66.5. durante los sucesos de febrero y marzo de 1989, el Estado ordenó, a
través del Poder Ejecutivo, que se procediera a la inhumación de un número
indeterminado de personas fallecidas a causa de los sucesos de este caso, en
fosas comunes ubicadas en el sector denominado “La Peste” del Cementerio
General del Sur de Caracas, con infracción de las normas legales y
administrativas que regulan los respectivos procedimientos. Funcionarios
estatales inicialmente negaron públicamente la existencia de fosas
comunes37;
66.6. el 23 de octubre de 1990 COFAVIC, la Red de Apoyo por la Justicia y
la Paz y otras personas denunciaron ante el Ministerio Público las presuntas
inhumaciones irregulares de cadáveres no identificados en el Cementerio
General del Sur de Caracas, llevadas a cabo desde el 27 de febrero de 1989
hasta el 15 de octubre de 1990. El asunto fue remitido al Tribunal Décimo
de Primera Instancia en lo Penal y de Salvaguarda del Patrimonio Público de
la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que inició una
averiguación sumaria al respecto el 30 de octubre de 199038;
32
Cfr. Caso del Caracazo, supra nota 28, párr. 2, literal j.
33
Cfr. Caso del Caracazo, supra nota 28, párr. 2, literal f.
34
Cfr. Caso del Caracazo, supra nota 28, párr. 2, literal i.
35
Cfr. Caso del Caracazo, supra nota 28, párr. 2, literal k.
36
Cfr. Caso del Caracazo, supra nota 28, párr. 2, literal m.
37
Cfr. Caso del Caracazo, supra nota 28, párr. 2, literales n y o; y resolución de 23 de septiembre
de 1999 de la Sala Político-Administrativa de la Corte Suprema de Justicia de Venezuela (expediente de
prueba del caso del Caracazo, carpeta denominada “Documentos presentados por la República de
Venezuela el 10 de noviembre de 1999, en la audiencia pública de fondo en el presente caso. Volumen I”
que se encuentra en la Secretaría de la Corte).
38
Cfr. resolución de 23 de septiembre de 1999 de la Sala Político-Administrativa de la Corte
Suprema de Justicia de Venezuela (expediente de prueba del caso del Caracazo, carpeta denominada
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