Resolución de la Presidenta de la
Corte Interamericana de Derechos Humanos
de 18 de diciembre de 2009
Medidas Provisionales
Respecto de El Salvador
Asunto Adrián Meléndez Quijano y Otros
Visto:
1.
La Resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (en adelante
“la Corte Interamericana”, “la Corte”, o “el Tribunal”) de 12 de mayo de 2007,
mediante la cual ratificó la Resolución de la Presidencia de 23 de marzo de 2007 y
ratificó las medidas adoptadas a favor de Adrián Meléndez Quijano, Marina Elizabeth
García de Meléndez, Andrea Elizabeth Meléndez García, Estefani Mercedes Meléndez
García, Pamela Michelle Meléndez García, Adriana María Meléndez García, Gloria
Tránsito Quijano viuda de Meléndez, Sandra Ivette Meléndez Quijano, Eurípides
Manuel Meléndez Quijano, Roxana Jacqueline Mejía Torres y Manuel Alejandro
Meléndez Mejía. Asimismo, amplió las medidas a favor de Benjamín Cuéllar Martínez,
José Roberto Burgos Viale y Henry Paul Fino Solórzano.
2.
La Resolución de la Corte de 26 de noviembre de 2007, mediante la cual
ratificó las Resoluciones anteriores y requirió al Estado que mantuviera las medidas
respecto de los beneficiarios y solicitó que las medidas de protección se planificaran
e implementaran con la participación de los beneficiarios de las mismas o sus
representantes.
Finalmente decidió desestimar, por improcedente, la solicitud
presentada por los representantes de los beneficiarios (en adelante los
“representantes”), en el sentido de suspender “todos los actos administrativos y
judiciales interpuestos en contra del señor Adrián Meléndez Quijano”.
3.
Los informes de la República de El Salvador (en adelante “el Estado” o “el
Salvador”) de 29 de enero, 30 de abril, 16 de julio, 17 de septiembre y 25 de
noviembre de 2008, y 22 de enero, 14 de abril, 16 de julio, 27 de octubre y 15 de
diciembre de 2009.
4.
Las observaciones de los representantes presentadas el 27 de febrero, 30 de
mayo, 12 de septiembre, 20 de noviembre y 23 de diciembre de 2008, y 24 de
marzo, 14 de mayo, 14 y 29 de septiembre y 30 de noviembre de 2009.
5.
Las observaciones de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (en
adelante “la Comisión” o “la Comisión Interamericana”) de 20 de marzo, 24 de junio,
19 de septiembre y 2 de diciembre de 2008, y 13 de febrero, 20 de marzo, 9 de
junio, 8 de septiembre y 22 de octubre de 2009.
6.
La comunicación de la Secretaría de la Corte (en adelante “ la Secretaría”) de
26 de enero de 2009, mediante la cual solicitó a los representantes y a la Comisión