36 Cristian Roldán Cajal96. El 9 de marzo de 2012 la Sala II de la Suprema Corte de Justicia de Mendoza resolvió casar la sentencia que lo condenó a la pena de prisión perpetua. Acogiendo el Informe de fondo 172/10 de la Comisión Interamericana, dicha Corte resolvió imponer a Saúl Cristian Roldán Cajal la pena de 15 años97. De acuerdo a información de las partes, la excarcelación de Saúl Cristian Roldan Cajal no pudo hacerse efectiva por encontrarse privado de la libertad por la supuesta comisión de otro delito. D.2. Decisión de la Cámara Federal de Casación Penal de 21 de agosto de 2012 que anuló las sentencias de César Alberto Mendoza, Claudio David Núñez y Lucas Matías Mendoza 93. El 8 de abril del 2011 Lucas Matías Mendoza, “in forma pauperis”, presentó un escrito solicitando la revisión de la sentencia del Tribunal Oral de Menores de 12 de abril de 1999 que lo condenó a prisión perpetua (supra párr. 82), con base en la recomendación formulada por la Comisión Interamericana en el Informe de fondo 172/10 98. Posteriormente, la Defensa Pública Oficial se presentó a fin de sostener el recurso y fundamentarlo 99. 94. Estando los autos listos para el acuerdo100, se presentaron dos nuevos recursos de revisión por parte de la defensa pública oficial de Cesar Alberto Mendoza101 y Claudio David Núñez102, utilizando los mismos fundamentos que el anterior. El 18 de abril de 2012 se dispuso la acumulación de los tres procesos por la identidad del objeto de los mismos 103. El 21 de agosto de 2012, aproximadamente una semana antes de la celebración de la audiencia pública en el presente caso (supra párr. 12), la Cámara Federal de Casación Penal anuló la sentencia de 12 de abril de 1999 dictada por el Tribunal Oral de Menores (supra párr. 82) en contra de Claudio David Núñez y Lucas Matías Mendoza, y las sentencias de 4 y 9 de abril de 2000 dictadas en contra de César Alberto Mendoza y Lucas Matías Mendoza (supra párr. 84) por lo que respecta a la imposición de la prisión y reclusión perpetuas, declaró la inconstitucionalidad del artículo 80 inciso 7º del Código Penal “en orden a la pena de prisión perpetua prevista con relación a niños, niñas y adolescentes”, hizo lugar a los recursos de casación e inconstitucionalidad anteriormente denegados (supra párr. 84), y ordenó “remitir las actuaciones [al Tribunal Oral de Menores] para que, previa audiencia”, fijara nuevas sanciones a los tres condenados, “con arreglo a [dicha decisión] y atendiendo especialmente los lineamientos expuestos en el [I]nforme [172/10]” 104. 96 Cfr. Resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Mendoza del 22 de septiembre de 2011 en la causa no. 102.319 (expediente de anexos al escrito de solicitudes y argumentos, tomo XIII, folio 7027). 97 Cfr. Resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Mendoza del 9 de marzo de 2012 en la causa no. 102.319 (expediente de anexos a la contestación, tomo XV, folio 7897). 98 Cfr. Recurso de revisión interpuesto in forma pauperis por Lucas Matías Mendoza del 8 de abril de 2011 (expediente de anexos a la contestación, tomo XV, folio 7940). 99 Cfr. Recurso de revisión interpuesto por Graciela Galván, defensora ad hoc de Lucas Matías Mendoza en la causa no. 14.087 (expediente de anexos a la contestación, tomo XV, folio 7945). Cabe aclarar que la defensora incurre en error material al presentarse en representación de Cesar Alberto Mendoza cuando en realidad el recurso de revisión se interpone en relación a Lucas Matías Mendoza. Por lo anterior, formuló una aclaración al respecto (expediente de anexos a la contestación, tomo XV, folio 7954). 100 Cfr. Nota de la Secretaria de Cámara del 15 de febrero de 2012 en la causa no. 14087 (expediente de anexos a la contestación, tomo XV, folio 7955). 101 Cfr. Recurso de revisión presentado por Patricia García, defensora ad hoc de Cesar Alberto Mendoza en la causa no. 15.311 (expediente de anexos a la contestación, tomo XV, folio 7903). 102 Cfr. Recurso de revisión interpuesto por Flavio Vega, titular de la Defensoría Pública Oficial no. 2 en representación de Claudio David Núñez en la causa no. 14.087 (expediente de anexos a la contestación, tomo XV, folio 7924). 103 Cfr. Nota de la Secretaria de Cámara del 18 de abril de 2012 en la causa no. 14087 (expediente de anexos a la contestación, tomo XV, folio 7952). 104 Cfr. Sentencia de la Cámara Federal de Casación Penal en la Causa No. 14.087 de 21 de agosto de 2012 (expediente de anexos a los alegatos finales escritos de la representante, tomo XII, folios 8249 y 8330).

Seleccionar párrafo de destino3

Conectar a un párrafo
Connect to an entity
Disable highlights
Añadir a la tabla de contenidos