3 audiencias solicitadas. El peticionario manifestó nuevamente su interés el 3 de septiembre de 2012 a fin de que la CIDH celebrara una audiencia sobre su caso durante su próximo periodo ordinario de sesiones de la CIDH a realizarse en octubre de 2012. La Comisión, mediante comunicación de 5 de octubre de 2012, informó al peticionario que no era posible acceder a su solicitud. El 19 de diciembre de 2012 el peticionario solicitó nuevamente a la CIDH que celebrara una audiencia sobre su caso durante su 147º periodo ordinario de sesiones, la cual fue concedida por la Comisión e informada al peticionario mediante comunicación de 11 de febrero de 2013. El 22 de febrero de 2013 la CIDH recibió una comunicación del peticionario, la cual fue transmitida al Estado el 14 de marzo de 2013. El 4 y 25 de marzo de 2013 la CIDH recibió información adicional del peticionario la cual fue trasladada al Estado mediante comunicación de 6 de junio de 2013. El Estado presentó observaciones mediante comunicación de fecha 16 de julio de 2013, las cuales fueron enviadas para conocimiento del peticionario el 17 de septiembre de 2013. III. POSICIONES DE LAS PARTES A. El peticionario 11. El peticionario indica que en el año 1994, cuando ostentaba el grado de Comandante de la Policía Nacional, fue designado como Jefe de la Sub Dirección de Pasaportes de la Dirección de Migraciones, la cual se encontraba a cargo del Coronel de la PNP José Matayoshi Matayoshi. Señala que la responsabilidad del Jefe de la Sub Dirección de Pasaportes se ceñía al área de Lima y no a las oficinas encargadas de la expedición de pasaportes en las provincias, ya que estas dependían funcional y administrativamente de la Sub Dirección de Control Migratorio, la cual se encontraba al mando del Comandante de la PNP Julio Lozada Castro. 12. Señala que durante los meses de agosto y septiembre de 1994 los medios de comunicación difundieron una serie de noticias sobre la incautación de pasaportes falsos en manos de personas prófugas de la justicia, entre ellos Carlos Manrique Carreño, quien tenía la reputación de ser uno de los grandes estafadores de Perú, y quien fue capturado en Nueva York con un pasaporte emitido a nombre de otra persona y expedido supuestamente en Lima con la firma y sello de la presunta víctima, Comandante Zegarra Marín. 13. Expone que al conocer estas noticias y después de realizar las verificaciones pertinentes, presentó una denuncia ante el Director de Migraciones y ante el Ministro de Interior en contra del Capitán de la PNP Roberto Cárdenas Hurtado, Jefe de la Oficina de Migraciones de Tumbes, a fin de defender su honor y el de su familia, ya que se comprobó judicialmente que fue en la oficina de Tumbes donde se expidieron irregularmente los anteriores pasaportes. 14. Indica que como consecuencia de su denuncia se inició una investigación policial, que dio como resultado el Atestado Policial No. 079 de 21 de octubre de 1994, en el que se identifican los posibles responsables de la falsificación de pasaportes, entre los que se encontraban policías y civiles, sin que su nombre fuera incluido en la lista. Agregó que con este documento se dio inicio al proceso judicial. De acuerdo a la narración del peticionario, uno de los coimputados “en connivencia con el Fiscal” y fuera de las investigaciones policiales, presentó supuestas “declaraciones indagatorias” que no fueron incorporadas al Atestado Policial y que fueron ocultadas “maliciosamente” por el Fiscal por 24 horas, hasta la formalización de la denuncia penal el 21 de octubre de 1994, con el único propósito de privar a la presunta víctima de su derecho de defensa. Indica que en dichas indagatorias se le imputaron hechos que no cometió con la finalidad de vengarse de él por haber denunciado el negocio de

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