instrumentos internacionales en El Salvador está sujeta a un proceso determinado por la Constitución que otorga dicha facultad a la Asamblea Legislativa, lo que “exige la concurrencia de la voluntad de las fuerzas políticas en ella representadas”, todo ello sin perjuicio de que, actualmente, el Estado desarrolla “un análisis del conjunto de recomendaciones derivadas de distintos mecanismos de derechos humanos respecto de El Salvador, en las que se encuentran las relacionadas a la ratificación de instrumentos internacionales de Derechos Humanos”; (iii) En relación con la solicitud n.°3 del representante arguyó que “desde su creación en 2010 y 2017” la CNB y la CONABÚSQUEDA ha operado de forma “independiente” por lo que las “garantías de su estabilidad no derivan de la naturaleza legislativa o ejecutiva de su creación”; (iv) En relación con la solicitud n.°4 del representante indicó que desde el inicio del mandato de las Comisiones de Búsqueda estas han realizado una “interpretación inclusiva y en favor de las víctimas de las desapariciones forzadas” cuyas desapariciones fueran atribuidas a ambos bandos en conflicto, y (v) En relación con el diseño e implementación de programas y capacitaciones contenido en las solicitudes n.° 7, 8, 9, y 10 del representante, el Estado señaló su disposición para desarrollar “una revisión de todos los informes de la Comisión Interamericana y Sentencias de la Corte Interamericana que comprenden el componente de formación en derechos humanos” con el objetivo de “impulsar una planificación de los procesos formativos en forma articulada y con el apoyo de los mismos órganos del Sistema Interamericano que han suscrito convenios con instituciones como el Consejo Nacional de la Judicatura, la Corte Suprema de Justicia, y la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos” para desarrollar “procesos formativos” a funcionarios públicos. Asimismo, en sus alegatos finales, el Estado indicó que la Corte ya ha ordenado la creación de programas permanentes de capacitación en materia de derechos humanos dirigidos a funcionarios en los casos Masacres de el Mozote y lugares aledaños, Rochac Hernández y Ruano Torres vs. El Salvador. Añadió que actualmente el Ministerio de Educación se encuentra “impulsando la reforma educativa ‘Mi nueva escuela: transformando la educación’, que incluye seis pilares, entre estos el currículo renovado, por lo que actualmente se trabaja en una reforma curricular integral, con un modelo pedagógico centrado en la persona, que tome en cuenta la realidad histórica del país y del mundo”. 152. En relación con las medidas con las recomendaciones n.° 1 y 2 de la Comisión y las solicitudes n.° 1, 2 y 5 del representante, la Corte advierte que, al momento de adopción de la presente Sentencia, la Asamblea Legislativa se encuentra en trámites para la aprobación de una “Ley de Justicia Restaurativa y Transicional”. El Tribunal recuerda que, si bien actualmente dicha ley se encuentra en una etapa inicial, la misma deberá cumplir con los estándares interamericanos en la materia y tomar en cuenta las exigencias del control de convencionalidad. 47

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