exigiendo el reconocimiento de sus tierras, “ratificando” su rechazo al título entregado por el INA en el año 2000 y solicitando “que el Estado haga aparecer el expediente (…) No. 27660”, que contiene “la verdadera solicitud de titulación”19. La CIDH toma nota de que el Estado no resolvió dicha solicitud. C. Problemáticas planteadas en torno al territorio de la Comunidad Garífuna San Juan y sus miembros 1. Ampliación del caso urbano del Municipio de Tela 26. El 24 de abril de 1989 el INA emitió una resolución en donde, a partir de una solicitud de la Municipalidad de Tela, amplió el casco urbano para el “crecimiento poblacional” de la ciudad de Tela20. El 17 de enero de 1992 el Instituto Hondureño de Turismo confirmó la resolución del INA y agregó que se “recomienda aplicar la Guía de Desarrollo Urbano de la ciudad de Tela elaborada por la Dirección General de Urbanismo (...) según la cual se aprovechará el potencial turístico del área”21. 27. El 30 de enero de 1992 se emitió una escritura pública a favor de la Corporación Municipal de Tela, otorgada por el Alcalde de dicha ciudad, en donde confirmó la ampliación del casco urbano en virtud de las resoluciones del INA y del Instituto Hondureño de Turismo señaladas en el párrafo anterior 22 . La parte peticionaria informó que la ampliación del casco urbano abarcó gran parte del territorio ocupado ancestralmente por la Comunidad Garífuna de San Juan y que en virtud a ella la municipalidad otorgó títulos de propiedad a personas externas a la Comunidad en terrenos que son considerados parte de su territorio23. 2. Otorgamiento de títulos y restricciones en el uso y disfrute del territorio reivindicado 28. La Comisión toma nota de la información presentada por la parte peticionaria respecto del otorgamiento de títulos a personas individuales no indígenas y empresas dentro del territorio reivindicado por la Comunidad Garífuna de San Juan. 29. De manera preliminar, la CIDH observa que conforme a la resolución del INA de 6 de julio de 2000 se reconoció que parte del territorio reivindicado por la Comunidad “corresponde” a la empresa PROMOTUR así como a personas individuales no indígenas. Ello debido a los títulos de propiedad con los que contaban. 30. Adicionalmente, la parte peticionaria informó que, dentro del territorio reivindicado de la Comunidad i) El Instituto de la Propiedad ha registrado más de cien escrituras públicas de venta a personas individuales no indígenas; ii) la Municipalidad de Tela ha otorgado más de 120 permisos de construcción y otorgado más de sesenta documentos de dominio pleno a personas individuales no indígenas 24. La Comisión nota que la parte peticionaria presentó documentación sobre algunas de las ventas del territorio reivindicado de la Comunidad 25. 31. Frente a esta situación, la Comisión toma nota de que la Comunidad Garífuna de San Juan presentó diversas denuncias por la venta ilegal de su territorio reivindicado ante diversas entidades (Fiscalía Especial de Etnias y Patrimonio Cultural, y Dirección General de Investigación Criminal). A continuación, la CIDH detallada algunas de estas denuncias: -2002: denuncia por “usurpación de tierras” en las Comunidades de Triunfo de la Cruz y de San Juan presentada ante la Fiscalía de etnias y patrimonio cultural26. -26 de abril de 2005: denuncia por la venta de parte del territorio reivindicado para la construcción de una “pila de oxidación de desechos humanos”. Se indicó que la Comunidad se opone a dicho proyecto en tanto Anexo 6. Acta de la Asamblea extraordinaria de la Comunidad de San Juan, 7 de enero de 2007. Anexo a la comunicación de la parte peticionaria del 7 de julio de 2008. Anexo a expediente 1. 20 Anexo 7. Resolución del INA No. 055-89, 24 de abril de 1989. Anexo 1 a la comunicación de la parte peticionaria del 7 de julio de 2006 21 Anexo 8. Resolución del Instituto Hondureño de Turismo No. 002, 17 de enero de 1992. Anexo 2 a la comunicación de la parte peticionaria del 7 de julio de 2006. 22 Anexo 9. Testimonio de escritura pública, 30 de enero de 1992. Anexo 3 a la comunicación de la parte peticionaria del 7 de julio de 2006. 23 Comunicación de la parte peticionaria, 7 de julio de 2006. 24 Comunicación de la parte peticionaria de 10 de diciembre de 2018. 25 Anexo 10. Anexos a la comunicación de la peticionaria de 10 de diciembre de 2018. 26 Anexo 11. Oficio OF-56-2002 de la Fiscalía de Etnias y Patrimonio Cultural. 25 de febrero de 2002. Anexo 6 a la petición inicial Comunicación de la parte peticionaria de 7 de julio de 2006. 19 6

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