19 12. Informar a los representantes, al Estado y a la Comisión Interamericana que, al término de las declaraciones rendidas en la audiencia pública, podrán presentar ante el Tribunal sus alegatos finales orales y observaciones finales orales, respectivamente, sobre las excepciones preliminares, eventuales fondo y reparaciones y costas en este caso. 13. Disponer que la Secretaría de la Corte, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 55.3 del Reglamento y a la brevedad posible, indique el enlace en que se encontrará disponible la grabación de la audiencia pública a la Comisión Interamericana, a los representantes y al Estado. 14. Informar los representantes, al Estado y a la Comisión Interamericana que cuentan con un plazo hasta el 26 de julio de 2016 para presentar sus alegatos finales escritos y observaciones finales escritas, respectivamente, en relación con las excepciones preliminares, eventuales fondo y reparaciones y costas. Este plazo es improrrogable. 15. Disponer que la Secretaría de la Corte notifique la presente Resolución a los representantes, al Estado y a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. Roberto F. Caldas Presidente Pablo Saavedra Alessandri Secretario Comuníquese y ejecútese, Roberto F. Caldas Presidente Pablo Saavedra Alessandri Secretario

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