-73. Requerir al Estado que facilite la salida y entrada de su territorio de los declarantes, si residen o se encuentran en él, quienes han sido citados en la presente Resolución a rendir declaración en la referida audiencia pública, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 26.1 del Reglamento de la Corte. 4. Requerir, por las razones expuestas en la presente Resolución, de conformidad con el principio de economía procesal y de la facultad que le otorga el artículo 50.1 del Reglamento de la Corte, que las siguientes personas presten su declaración ante fedatario público: A. Presuntas víctimas (propuestas por el representante) 1. Thais Coromoto Peña, quien declarará sobre su participación, en el año 2003, en la solicitud del referéndum revocatorio del entonces Presidente de la República Bolivariana de Venezuela, así como sobre las circunstancias en que, después de la supuesta elaboración de la llamada “Lista Tascón” (con los nombres de quienes habían participado en la solicitud de referéndum revocatorio presidencial), se les notificó la terminación de sus contratos de trabajo en la Dirección Nacional de Fronteras del Ministerio de Relaciones Exteriores de Venezuela. De igual manera, declarará sobre las gestiones realizadas en las instancias nacionales al respecto, así como los efectos que tal decisión y el término de la relación laboral tuvieron en su vida. 2. Magaly Chang Girón, quien declarará sobre su participación, en el año 2003, en la solicitud del referéndum revocatorio del entonces Presidente de la República Bolivariana de Venezuela, así como sobre las circunstancias en que, después de la supuesta elaboración de la llamada “Lista Tascón” (con los nombres de quienes habían participado en la solicitud de referéndum revocatorio presidencial), se les notificó la terminación de sus contratos de trabajo en la Dirección Nacional de Fronteras del Ministerio de Relaciones Exteriores de Venezuela. De igual manera, declarará sobre las gestiones realizadas en las instancias nacionales al respecto, así como los efectos que tal decisión y el término de la relación laboral tuvieron en su vida. B. Testigos (propuestos por el representante): 1. Alejandro Plaz Castillo, quien en su condición de ex directivo de la asociación civil “SUMATE”, declarará sobre las razones y las condiciones en las que se convocó a un referéndum consultivo para revocar el mandato del entonces Presidente de la República, así como sobre los obstáculos que habrían encontrado para su realización y el resultado del mismo; las razones y modo por los cuales se convocó a un nuevo referéndum revocatorio, los obstáculos que habrían encontrado para su realización, el tiempo transcurrido desde la solicitud para que se realizara dicho referéndum hasta el momento en que éste tuvo lugar, así como sobre las supuestas presiones, amenazas o represalias que habrían enfrentado los organizadores del referéndum. 2. Ricardo Ludwing Estévez Mazza, quien en su condición de ex directivo de la asociación civil “SUMATE”, declarará sobre las razones y las condiciones en las que se convocó a un referéndum consultivo para revocar el mandato del entonces Presidente de la República, así como sobre los obstáculos que habrían encontrado para su realización y el resultado del mismo; las razones y modo por los cuales se convocó a un nuevo referéndum revocatorio, los obstáculos que habrían encontrado para su realización, el tiempo transcurrido desde la solicitud para que se realizara dicho

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