-56174. La Corte ha determinado que el señor Neptune ha enfrentado una situación de
inseguridad jurídica, en la cual se encuentra aún. Él ha manifestado que se siente
vulnerable ante la perspectiva de un eventual nuevo encarcelamiento y que las
manifestaciones del Estado de someterle a un nuevo proceso constituyen una
amenaza. Además, en razón de los cargos que pesan en su contra, el señor Neptune
expresó en la audiencia que se siente impedido de participar de la vida política de su
país, a pesar de su voluntad de volver a hacerlo:
La falta de notificación de la decisión [de la Corte de Apelaciones de Gonaïves] también ha
tenido efectos en mi persona. Primero, me siento vulnerable. Antes de venir ante esta
Corte, no había salido de mi casa durante 17 meses. Estoy asustado de que algo de lo que
he dicho que disguste a mis opositores políticos, incluyendo al Gobierno, pueda llevar a mi
retorno a prisión. También estoy asustado por la posibilidad de que, en mi condición de
persona perseguida penalmente por el crimen más serio, pueda sufrir un ataque físico. La
falta de notificación de la decisión […] me ha inhibido de participar en actividades políticas.
Como ex Primer Ministro y Senador, y como miembro activo de una organización política,
me gustaría participar en discusiones públicas […] me gustaría jugar un rol activo en la
organización [Fanmi Lavalas], especialmente para las próximas elecciones.224
175. La Corte nota asimismo que en sus declaraciones el señor Neptune expresó su
deseo de ser efectivamente juzgado por los hechos de los que se le acusa, así como su
aspiración de “que los tribunales limpien [su] nombre”225.
176. Tal como fue señalado (supra párr. 37), la Corte Interamericana recuerda que
no es un tribunal en el que pueda analizarse la responsabilidad penal de los individuos,
por lo que no es su función determinar la inocencia o culpabilidad del señor Neptune
en relación con los hechos que tribunales locales le han imputado a nivel interno. Sin
embargo, la situación enfrentada por el señor Neptune, por la falta de un recurso
efectivo para ser oído por un tribunal competente y por haber permanecido más de
dos años ilegal y arbitrariamente detenido ha sido declarada contraria a la Convención.
En particular, no ha sido aportada ninguna explicación de las razones por las cuales la
decisión de la Corte de Apelaciones de Gonaïves no ha sido notificada. Por otro lado, si
bien no corresponde a este Tribunal determinar si, en adelante, la vía idónea para
definir la situación jurídica del señor Neptune corresponde a un procedimiento ante la
Alta Corte de Justicia, es oportuno recordar que esta posibilidad es incierta (supra
párrs. 69 y 76). Corresponde aclarar que las normas de inmunidad no pueden implicar
un obstáculo para que los Estados investiguen, persigan y eventualmente sancionen a
los responsables de graves violaciones a los derechos humanos.
177. Por ende, la Corte ordena al Estado que adopte las medidas judiciales y de
cualquier otra índole necesarias para que, en el plazo más breve posible, la situación
jurídica del señor Yvon Neptune quede totalmente definida con respecto al proceso
penal abierto en su contra. Si el Estado resuelve someterlo a otro procedimiento, éste
deberá desarrollarse en conformidad con los procedimientos legales y constitucionales
aplicables, satisfacer las exigencias del debido proceso legal y respetar plenamente las
garantías de defensa para el inculpado, en los términos de la Convención Americana.
224
Cfr. Declaración rendida durante la audiencia pública celebrada en la sede de la Corte el 30 de
enero de 2008 por el señor Yvon Neptune (el texto es traducción de la Secretaría de la Corte).
225
Cfr. Declaración rendida ante fedatario público (affidávit) por el señor Yvon Neptune, supra nota 6,
párr. 41 (folios 454-458).
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