RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENTA DE LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS DE 14 DE MARZO DE 2008 CASO TIU TOJIN VS. GUATEMALA VISTOS: 1. El escrito de demanda presentado por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (en adelante “la Comisión Interamericana” o “la Comisión”) ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (en adelante “la Corte Interamericana”, “la Corte” o “el Tribunal”) el 28 de julio de 2007, mediante el cual ofreció dos testimonios y dos peritajes. 2. El escrito de solicitudes, argumentos y pruebas (en adelante “escrito de solicitudes y argumentos”) presentado por los representantes de las presuntas víctimas (en adelante “los representantes”) el 31 de diciembre de 2007, en el cual ofrecieron dos testimonios y dos peritajes, que coinciden con los propuestos por la Comisión Interamericana (supra Visto 1). 3. El escrito de contestación de la demanda y observaciones al escrito de solicitudes y argumentos (en adelante “contestación de la demanda”) presentado por el Estado de Guatemala (en adelante “el Estado”) el 29 de febrero de 2008. En dicho escrito el Estado no ofreció prueba testimonial ni pericial. 4. La nota de 4 de marzo de 2008, en la cual la Secretaría de la Corte, siguiendo instrucciones de la Presidenta de la Corte (en adelante “la Presidenta”), solicitó a la Comisión y a los representantes que remitieran, a más tardar el 10 de marzo de 2008, la lista definitiva de los testigos y peritos por ellos propuestos, así como que indicaran si alguna de las personas propuestas podría rendir su declaración o dictamen ante fedatario público (affidávit). 5. La comunicación de 10 de marzo de 2008, mediante la cual la Comisión Interamericana indicó que podrían comparecer en audiencia pública una testigo y una perito. Asimismo, informó que una testigo y un perito podrían hacer sus declaraciones ante fedatario público (affidávit). Los representantes no remitieron la lista definitiva de testigos y peritos dentro del plazo otorgado a tales efectos (supra Visto 4, e infra Visto 7). 6. La nota de 11 de marzo de 2008, mediante la cual la Secretaría de la Corte, siguiendo instrucciones de la Presidenta, solicitó al Estado y a los representantes que remitieran sus observaciones a la lista definitiva de testigos y peritos presentada por la Comisión Interamericana a más tardar el 13 de marzo de 2008. 7. La comunicación de 13 de marzo de 2008, mediante la cual los representantes remitieron, fuera del plazo, la lista definitiva de testigos y peritos. En dicha nota los representantes informaron que desistían de la presentación de una

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