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compañero de trabajo en la maquiladora210, su ex pareja sentimental211 y dos jefes de
seguridad de la empresa212. De estos testimonios se desprenden ciertos posibles
indicios que pudieran haber ayudado en la búsqueda de la joven González, como por
ejemplo, información sobre un muchacho con quien ella salía213, sobre una pareja que
al parecer la observaba mucho cada vez que pasaba214 y un muchacho de la maquila
que la molestaba215.
190. Por otra parte, la Comisión alegó que se había comunicado a las autoridades
que dos semanas antes de su desaparición la joven González había sido hostigada por
dos policías. Si bien es cierto que la prueba presentada por la Comisión corresponde a
una nota de prensa emitida en 2005 -donde la madre de la joven González no precisa
el momento en que informó de dichos hechos a las autoridades- y que las demás
declaraciones al respecto fueron efectuadas en 2007 y 2009216, el Estado no
controvirtió ni los hechos ni la fecha en la que se alega fueron informadas las
autoridades. Además, no presentó la totalidad del expediente penal. Por esta razón, el
Tribunal da por establecido que se comunicó dicha información a las autoridades antes
del 6 de noviembre de 2001, es decir, antes del hallazgo de su cuerpo217. No se
2001 (expediente de anexos a la contestación de la demanda, tomo XXXII, anexo 50, legajo II, tomo I,
folios 11109 a 11111); comparecencia de Armando Velazco Fernández ante un agente del Ministerio Público
adscrito a la Fiscalía Especial para la Investigación de Desaparición de Personas y Homicidio de Mujeres
efectuada el 19 de octubre de 2001 (expediente de anexos a la contestación de la demanda, tomo XXXII,
anexo 50, legajo II, tomo I, folios 11112 y 11113), y comparecencia de Verónica Hernández Estrada ante un
agente del Ministerio Público adscrito a la Fiscalía Especial para la Investigación de Desaparición de Personas
y Homicidio de Mujeres efectuada el 19 de octubre de 2001 (expediente de anexos a la contestación de la
demanda, tomo XXXII, anexo 50, legajo II, tomo I, folios 11114 a 11115).
210
Cfr. comparecencia de Efrén Pérez Maese ante un agente del Ministerio Público adscrito a la Fiscalía
Especial para la Investigación de Homicidios de Mujeres y Personas Desaparecidas efectuada el 24 de
octubre de 2001 (expediente de anexos a la contestación de la demanda, tomo XXXII, anexo 50, legajo II,
tomo I, folio 11116).
211
Cfr. comparecencia de Víctor Hugo Hernández Bonilla ante un agente del Ministerio Público adscrito
a la Fiscalía Especial para la Investigación de Homicidios de Mujeres y Personas Desaparecidas efectuada el
25 de octubre de 2001 (expediente de anexos a la contestación de la demanda, tomo XXXII, anexo 50,
legajo II, tomo I, folios 11119 a 11120).
212
Cfr. comparecencia de Juan Antonio Martínez Jacobo ante un agente del Ministerio Público adscrito a
la Fiscalía Especial para la Investigación de Homicidios de Mujeres y Personas Desaparecidas efectuada el 24
de octubre de 2001 (expediente de anexos a la contestación de la demanda, tomo XXXII, anexo 50, legajo
II, tomo I, folios 11117 a 11118) y comparecencia de Jesús Moisés Cuellar Juárez ante un agente del
Ministerio Público adscrito a la Fiscalía Especial para la Investigación de Homicidios de Mujeres y Personas
Desaparecidas efectuada el 25 de octubre de 2001 (expediente de anexos a la contestación de la demanda,
tomo XXXII, anexo 50, legajo II, tomo I, folio 11121).
213
Cfr. comparecencia de Mayela Banda González, supra nota 173; comparecencia de Juana González
Flores, supra nota 191; comparecencia de Ana Isabel Suárez Valenciana, supra nota 209, folios 11106 y
11107; comparecencia de Aide Navarrete García, supra nota 209, folio 11110, y comparecencia de Armando
Velazco Fernández, supra nota 209, folio 11113.
214
Cfr. comparecencia de Juana González Flores, supra nota 191, folio 11105.
215
Cfr. comparecencia de Ana Isabel Suárez Valenciana, supra nota 209, folio 11107.
216
Cfr. nota de prensa titulada “Impunes crímenes de las ocho mujeres”, publicada en el diario “Norte”
el 6 de noviembre de 2005 (expediente de anexos a la demanda, tomo VIII, anexo 7, folio 2329); parte
informativo, supra nota 171; testimonio rendido por Irma Josefina González ante un agente del Ministerio
Público adscrito a la Fiscalía Mixta para la Investigación de Homicidios de Mujeres en Ciudad Juárez
efectuado el 12 de febrero de 2009 (expediente de anexos a los alegatos finales escritos del Estado, tomo
XLVIII, anexo 4, folios 17193 y 17194), y testimonio rendido por Ana Isabel Suárez Valenciana ante un
agente del Ministerio Público adscrito a la Fiscalía para la Atención de Homicidios de Mujeres en Ciudad
Juárez efectuado el 25 de febrero de 2009 (expediente de anexos a los alegatos finales escritos del Estado,
tomo XLVIII, anexo 4, folio 17197).
217
84.
En similar sentido ver ECHR. Case of Pukhigova v. Russia, Judgment of 2 July 2009, paras. 75 and
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