múltiples lesiones observadas y la intoxicación por alcohol y cocaína, con la muerte de
quien en vida fuera José Delfín Acosta Martínez” 79.
D.3. Procesos internos
60. Como consecuencia de la muerte de José Delfín Acosta Martínez de oficio se dio
apertura a la causa No. 22.190/96 caratulada “Acosta Martínez, Delfín José s/ muerte
por causas dudosas” que quedó radicada ante el Juzgado Nacional en lo Criminal de
Instrucción No. 10. Mediante auto del 10 de abril de 1996 se tuvo a la señora Blanca
Rosa Martínez, madre del señor José Delfín Acosta Martínez, como querellante del
sumario80. El 9 de abril de 1996, el cónsul de Uruguay en Buenos Aires solicitó al juez
de la causa información acerca del fallecimiento de Acosta Martínez 81. Durante el sumario
se tomó la declaración de varios testigos ofrecidos por la parte querellante 82 y se
incorporaron y/o tomaron una serie de declaraciones de oficio83.
Informe médico legal de la Dirección de Apoyo Tecnológico a las Investigaciones Penales del 27 de julio
de 2015 (expediente de prueba, folio 1732).
79
Cfr. Resolución emitida por el Juez de Instrucción No. 10, del 10 de abril de 1996 (expediente de
prueba, folio 297).
80
Cfr. Oficio n°267/96 del Consulado del Uruguay en Buenos Aires del 9 de abril de 1996 (expediente de
prueba, folio 616).
81
Se tomó la declaración de Ángel Acosta Martínez (declaración dada ante el Jefe de Comisaría el 5 de
abril de 1996 –expediente de prueba, folios 173 a 174- y ampliación de declaración ante el Juez de Instrucción
dada el 22 de abril de 1996 –expediente de prueba, folios 176 a 210 -), de M.C.R. (declaración ante el Juez
de Instrucción dada el 23 de abril de 1996 –expediente de prueba, folios 628 a 633 -), de B.M.G. (declaración
ante el Juez de Instrucción dada el 24 de abril de 1996 –expediente de prueba, folios 96 a 99 -) y de V.A.B.
(declaración ante el Juez de Instrucción dada el 24 de abril de 1996 –expediente de prueba, folios 101 a 106
-).
82
De esta forma están incorporadas en el expediente las declaraciones de los dos hermanos que fueron
detenidos al mismo tiempo que Acosta Martínez: Wagner y Marcelo Gonçalves Da Luz (declaración dada ante
el Jefe de Comisaría el 5 de abril de 1996 –expediente de prueba, folios 68 a 71-, ampliación de declaración
dada ante el Juez de Instrucción el 11 de abril de 1996 –expediente de prueba, folios 73 a 76- y declaración
dada ante el Jefe de Comisaría el 5 de abril de 1996 –expediente de prueba, folios 78 y 79- y ampliación de
declaración dada ante el Juez de Instrucción el 11 de abril de 1996 –expediente de prueba, folios 81 a 84-,
respectivamente); del taxista que fue llamado como testigo de los hechos en la 5ta Comisaría, O.D.A.
(declaración dada ante el Jefe de Comisaría dada el 5 de abril de 1996 –expediente de prueba, folios 160 a
161 -, ampliación de declaración dada ante el Jefe de Comisaría del mismo día –expediente de prueba, folios
162 a 165- y ampliación de declaración dada ante el Juez de Instrucción el 9 de abril de 1996 –expediente de
prueba, folios 168 a 171-); de las testigos de la escena en la salida del boliche: R.B. (declaración dada ante
el Jefe de Comisaría el 5 de abril de 1996 –expediente de prueba, folios 35 a 38 - y ampliación de declaración
dada ante el Juez de Instrucción el 8 de abril de 1996 –expediente de prueba, folios 40 a 43-), A.M. (declaración
dada ante el Jefe de Comisaría el 5 de abril de 1996 –expediente de prueba, folios 45 a 48 -) y L.A.C.
(declaración dada ante el Juez de Instrucción el 10 de abril de 1996 a instancia de parte – expediente de
prueba, folios 585 a 589-); del oficial de guardia B.L.B. (declaración dada ante el Jefe de Comisaría el 6 de
abril de 1996 –expediente de prueba, folios 54 a 57-); del portero de la discoteca Maluco Beleza F.A.I.
(declaración dada ante el Jefe de Comisaría el 5 de abril de 1996 –expediente de prueba, folios 59 a 62- y
ampliación de declaración dada ante el Juez de Instrucción el 9 de abril de 1996 –expediente de prueba, folios
64 a 66-); de los agentes de policía D.A.O. (declaración dada ante el Jefe de Comisaría el 5 de abril de 1996
–expediente de prueba, folios 86 a 89-), A.G. (declaración dada ante el Jefe de Comisaría el 5 de abril de 1996
–expediente de prueba, folios 91 a 94-), C.O.C. (declaración dada ante el Jefe de Comisaría el 5 de abril de
1996 –expediente de prueba, folios 129 a 134-), O.J.O. (declaración dada ante el Jefe de Comisaría el 5 de
abril de 1996 –expediente de prueba, folios 136 a 139-), H.M.E. (declaración dada ante el Jefe de Comisaría
el 5 de abril de 1996 –expediente de prueba, folios 140 a 143-), Z.R.O. (declaración dada ante el Jefe de
Comisaría el 5 de abril de 1996 –expediente de prueba, folios 145 a 148-), C.W.A. (declaración dada ante el
Jefe de Comisaría el 5 de abril de 1996 –expediente de prueba, folios 524 a 525 -), M.H.L. (declaración dada
ante el Jefe de Comisaría el 5 de abril de 1996 –expediente de prueba, folios 557 a 560-) y R.F. (declaración
dada ante el Jefe de Comisaría el 5 de octubre de 1996 –expediente de prueba, folios 562 a 564-); del médico
que se presentó en la ambulancia G.B.B. (declaración dada ante el Jefe de Comisaría el 5 de abril de 1996 –
expediente de prueba, folios 150 a 151- y ampliación de declaración dada ante el Juez de Instrucción el 11 de
abril de 1996 –expediente de prueba, folios 153 a 155-); del camillero D.P. (declaración dada ante el Jefe de
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