General retirado I.R.Q, respectivamente!*!*, El primero respondió preguntas sobre su padre, P.J.P.D. El segundo respondió sobre las funciones que cumplió como Director de Inteligencia Militar entre 1992 y 1994, indicó no recordar a alias “Milton”, pero aseveró que debían existir, sobre él, archivos distintos a los de la Dirección de Inteligencia Militar. Otras acciones relativas a recabar información sobre Pedro Movilla en poder de agencias estatales son mencionadas más adelante (infra párr. 165). 100. Luego de una solicitud realizada por la parte civil de librar orden de captura contra P.J.P.D., la Fiscalía fijó una diligencia de indagatoria, que se realizó el 27 de junio de 20191*1>, En ese acto, el señor P.J.P.D. indicó haber sido informante para la Policía, y que el día de la desaparición del señor Movilla estaba bebiendo en casa de un amigo y salió asustado, efectuando disparos, luego que una señora se presentara señalando que iban a matar a alguien. 101. El 20 de junio de 2019 se allegó al proceso un Informe de la Policía Judicial, en el que se indicó diversas diligencias realizadas, entre ellas: inspección de documentación del Archivo General del Ejército, así como de archivos de la Policía Nacional y solicitud de información al Instituto Nacional de Medicina Legal!***, 102. El 20 de noviembre de cual comenzó a intervenir el habían sido solicitadas por los además de acciones para dar 2019 se asignó la investigación a la Fiscalía 190 Especializada, la 15 de enero de 2020 y ordenó la práctica de pruebas que antes representantes?!*”. Luego dispuso múltiples diligencias. Entre ellas, con el paradero del señor Movilla (infra párr. 103), las siguientes: a) Los días 21 de enero y 5 a 7 de febrero de 2020 se realizaron inspecciones a las instalaciones del Archivo Central de Ministerio de la Defensa Nacional!18, encontrándose archivos que referirían al señor Movilla**?, b) El 4 de junio de 2020, luego de una solicitud de la parte civil expresada en un escrito de 28 de mayo de ese año, la Fiscalía ordenó, entre otras, las siguientes medidas de investigación: oficiar al Instituto Nacional de Medicina Legal para conocer si posee copia del examen de alcoholemia realizado a P.J.P.D. el 13 de mayo de 1993, escuchar la declaración de un ex oficial de la Policía Nacional, e indagar la propiedad, en 1993 de un taxi, señalado por la numeración de su placa??", c) Se dispuso, para los días 20 y 21 de mayo de 2021, tomar declaración al señor P.J.P.D.??! y, conforme informó el Estado, el 12 de enero de 2022 se ordenó ampliar su indagatoria, la cual se realizó el 3 de febrero siguiente. 114 Cfr. FGN. Declaraciones de P.J.P.B. e I.R.Q. de 6 de marzo y 16 de abril de 2013 (expediente de prueba, anexos 19 y 20 al escrito de solicitudes y argumentos, fs. f.4121 a 4123 y 4200 a 4205, respectivamente). 115 Cfr. FGN. Oficio de 19 de junio de 2019 y diligencia de indagatoria de P.J.P.D. de 27 de junio de 2019 (expediente de prueba, anexos 22 y 21 al escrito de solicitudes y argumentos, fs. 5061 y 4483 a 4491, respectivamente). 116 Cfr. FGN, Informe de Policía Judicial de 20 de junio de 2019 (expediente de prueba, anexo 22 al escrito de solicitudes y argumentos, fs. 5063 a 5067). 117 Cfr. FGN, Resoluciones de 20 de noviembre de 2019 y 15 de enero de 2020 (expedientes de prueba, anexo 23 al escrito de solicitudes y argumentos, fs. 5184 a 5199 y 5200, respectivamente). 118 Cfr. FGN: Oficio de 21 de enero de 2020 dirigido al Archivo Central del Ministerio de Defensa, diligencia de inspección judicial de 21 de enero de 2020, comunicación de la Fiscal 190 de 28 de enero de 2020, diligencia de inspección judicial de 5 de febrero de 2020 y diligencia de inspección judicial de 7 de febrero de 2020 (expediente de prueba, anexo 23 al escrito de solicitudes y argumentos, fs; 5202, 5206 a 5210, 5213, 5224 y 5231, respectivamente) 115 En esta diligencia, conforme indicaron los representantes, se encontró un documento que indica que, tras la captura de una persona supuestamente vinculada al “PC-ML-EPL”, su puesto podría recaer en “Milton”, o en otras dos personas. El documento, emitido por el “Ejército Nacional”, que los representantes señalaron que fue hallado en la diligencia referida consta en el acervo probatorio (expediente de prueba, anexo 23 al escrito de solicitudes y argumentos, fs. 5226 a 5228) 120 Cfr. escrito de la parte civil a la Fiscal 190 especializada de 28 de mayo de 2020 y FGN, Proveído de la Fiscal 190 especializada de 4 de junio de 2020 (expediente de prueba, anexo 23 al escrito de solicitudes y argumentos, fs. 5261 a 5263 y 5264, respectivamente). 121 FGN, Oficio de 13 de abril de 2021 (expedientes de prueba, anexo 31 al escrito de contestación, f. 8616). 28

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