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contraviene las exigencias mínimas de reclusión internacionales y ayuda
al aumento de hechos de violencia;
iv.
las políticas emprendidas por el Ministerio del Interior y Justicia
van más dirigidas a la represión que al tratamiento integral o de
prevención, y
v.
el 16 de junio de 2006 la población recluida inició una huelga de
hambre, que culminó el 21 de junio de 2006 con el compromiso por
parte de las autoridades de no permitir el acceso a las instalaciones del
recinto del Capitán de la Guardia Nacional.
b)
en cuanto a las medidas necesarias para: a) reducir sustancialmente el
hacinamiento en el Internado Judicial de Monagas (“La Pica”), b) decomisar las
armas que se encuentren en poder de los internos, c) separar a los internos
procesados de los condenados, d) ajustar las condiciones de detención del
Internado a los estándares internacionales sobre la materia y e) brindar la
atención médica necesaria a los internos, de tal forma que se garantice su
derecho a la integridad personal:
i.
el Estado no ha realizado ninguna medida concreta en aras de
reducir el hacinamiento;
ii.
el Estado debe incrementar las medidas de seguridad para poder
desarmar total y efectivamente a los internos, quienes han manifestado
que las requisas generalmente van acompañadas de maltrato físico y
psicológico por parte de los funcionarios que practican las mismas. Al
respecto, las requisas practicadas deberían realizarse con la presencia de
funcionarios de la Defensoría del Pueblo o del Ministerio Público que
garanticen procedimientos efectivos que no causen daños ni hechos de
violencia adicionales en la población de internos;
iii.
no se ha procedido a la separación de la población reclusa, en los
términos en que fue ordenado por la Corte; el hecho que el Estado
mantenga un registro actualizado diariamente con información jurídica
de cada interno e interna no da cuenta de ninguna acción concreta
realizada por el Estado para dar cumplimiento al requerimiento de
separar físicamente a los internos procesados de los condenados;
iv.
los reclusos han expresado la necesidad de que el Estado les
asigne 2 o 3 abogados como Defensores Públicos, dado que hay reclusos
que ya han cumplido sus penas y permanecen privados de libertad;
v.
en el área de asesoría jurídica los reclusos manifestaron una gran
inconformidad por el no cumplimiento de los lapsos procesales por parte
del Estado en el caso de aquellos internos bajo la condición de
procesados, y por dilaciones indebidas en el otorgamiento de medidas
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