413. Radicado No. 701328: investigación referida a la denuncia presentada por hechos de
amenazas efectuadas contra Soraya Gutiérrez Argüello, derivado del atentado que habría
sufrido el 14 de febrero de 2003 (supra párr. 230). El 3 de mayo de 2004 la Fiscalía dictó
Resolución por medio de la cual decidió suspender la investigación, “por cuanto se han
realizado las actuaciones correspondientes y no se ha identificado e individualizado a los
autores o partícipes de los hechos”507.
414. Radicado No. 28126, reasignado con el No. 420211: investigación relacionada con
hechos de amenazas que se habrían efectuado contra Reinaldo Villalba Vargas y otra persona
por medio de un sufragio suscrito por “Colombia sin guerrilla” (COLSINGUE), enviado por
correspondencia el 28 de febrero de 1996 (supra párr. 243). El 6 de julio de 1999 la Fiscalía
Regional remitió las diligencias (No. 28126), por competencia, a la Unidad de Fiscalías de
Santafe de Bogotá, siendo asignadas a la Fiscalía Seccional 239 de la Unidad antisecuestro
simple y extorsión (reasignadas con el No. 420211). El 12 de agosto de 1999 dicha Fiscalía se
abstuvo de iniciar la investigación, al considerar que no se configuraba el delito de amenazas,
“pues todo se reduce al sufragio que recibió el abogado sin que se pueda señalar que exista
una pluralidad de hechos inequívocos, permanentes y persistentes del delito”508.
415. Radicado No. 22342, reasignado con el No. 421312: investigación relacionada con
hechos de amenazas que se habrían efectuado contra el abogado Rafael Barrios Mendivil,
según denuncia presentada el 28 de septiembre de 1993. Las diligencias fueron reasignadas
a la Fiscalía Seccional 242 (con el No. 421312), la que el 1 de diciembre de 1999 se inhibió
de iniciar investigación formal por prescripción de la acción penal. Según las actuaciones, el
denunciante señaló haber recibido “amenazas contra su vida”, situación que le obligaba a
“abandonar el país”509.
416. Radicado No. 731980: investigación referida a la filmación y toma de fotografías de que
habría sido objeto, en octubre de 2003, la señora Adriana Cuéllar Ramírez (supra párr. 253),
así como al ingreso y la sustracción de documentos de su apartamento el 25 de noviembre
del mismo año (supra párr. 285). El 17 de febrero de 2005 la Fiscalía 59 Seccional ordenó la
suspensión de la investigación por falta de identificación de los autores del hecho510.
417. Radicado No. 7141: investigación relacionada con hechos de amenazas que se habrían
efectuado contra miembros del CAJAR. El 3 de noviembre de 1994 la Fiscalía decidió suspender
y archivar provisionalmente la investigación511. La Corte no fue informada sobre los hechos
específicos que fueron denunciados, las diligencias efectuadas y los motivos por los que la
investigación fue archivada.
418. Radicado No. 678599: investigación relacionada con el atentado que habría sufrido
Soraya Gutiérrez Argüello el 14 de febrero de 2003 (supra párr. 230). El 26 de mayo de 2003
la Fiscalía dictó decisión inhibitoria “[por]que no fue posible identificar o individualizar al autor
507
Cfr. Radicado No. 701328 (expediente de prueba, tomo XIX, anexo 53 al escrito de contestación, folios 34403
a 34405).
508
Cfr. Oficio de 23 de octubre de 2001, suscrito por la Fiscal Seccional de la Unidad antisecuestro de la Fiscalía
General de la Nación (expediente de prueba, tomo II, anexo al Informe de Fondo, folio 4470), y Radicado No. 420211
(expediente de prueba, tomo XIX, anexo 66 al escrito de contestación, folios 35027 y 35031).
509
Cfr. Oficio de 23 de octubre de 2001, suscrito por la Fiscal Seccional de la Unidad antisecuestro de la Fiscalía
General de la Nación (expediente de prueba, tomo II, anexo al Informe de Fondo, folio 4469), y Radicado No. 421312
(expediente de prueba, tomo XIX, anexo 67 al escrito de contestación, folio 35069).
510
Cfr. Radicado No. 731980 (expediente de prueba, tomo XVIII, anexo 51 al escrito de contestación, folios 34347
a 34349), y Oficio de 15 de mayo de 2009, suscrito por el Director de Asuntos Internacionales de la Fiscalía General
de la Nación (expediente de prueba, tomo XIII, anexo 99 al escrito de solicitudes y argumentos de CAJAR y CEJIL,
folio 28926).
511
Cfr. Oficio de 29 de agosto de 2001, suscrito por el Jefe de la Unidad Nacional de Derechos Humanos de la
Fiscalía General de la Nación (expediente de prueba, tomo II, anexo al Informe de Fondo, folio 4467).
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