172. El 29 de septiembre de 2003 fue emitido un comunicado, suscrito por “comandantes de
grupos paramilitares” y la referencia de “Autodefensas campesinas aliadas”, “Bloque central
Bolívar” y “Vencedores de Arauca”. En el comunicado, fechado 17 de septiembre del mismo
año, se hacía alusión a “las últimas manifestaciones públicas [d]el […] Presidente” de la
República (infra párr. 368). En el comunicado se leía lo siguiente:
No existe atisbo de duda, sobre la sensación tan arraigada de autoridad democrática, como la que
siente actualmente el país, cuando atento oye al primer Magistrado, diciendo verdades tan crudas y
reales, como durante tantas décadas no escuchara la nación […]. [E]n Colombia […] funcionan los
colectivos de abogados defensores de “presos políticos” con nombres tan emblemáticos y sugerentes
como el de José Al[v]ear Restrepo […]. En nuestro propio lenguaje, que es el lenguaje de quienes
estamos metidos en el escenario mismo del conflicto, la categorización de las ONGs que generan
polémica en torno al conflicto armado, procede de acuerdo con el objetivo […] de defensa de los
[d]erechos [h]umanos así: [s]i el objetivo es hacerle el juego a la guerrilla comunista, entonces nos
encontramos con el grupo de las organizaciones no gubernamentales, defensoras de los derechos de
algunos humanos o defensoras de los “derechos” de los inhumanos. Aquí se agrupan las que aúllan
contra el ejercicio de la autoridad, las detractoras remuneradas de la política de seguridad democrática,
[…]. Estas organizaciones fuertemente financiadas por el terrorismo comunista, invierten sus fondos
millonarios, en agresivas campañas de divulgación contra los gobiernos y sociedades democráticas,
como recientemente ocurrió con la costosa edición del libro “el embrujo autoritario” […]169.
173. En el comunicado se hacía referencia a una publicación, titulada “El embrujo autoritario”,
con contenido “crítico de las políticas del Gobierno”170, y que, según declaraciones de las
presuntas víctimas, habría sido elaborada por distintas organizaciones no gubernamentales,
incluido el Colectivo171.
174. Por su parte, al promover una acción de tutela en 2004 contra el entonces Presidente de
ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias, y el Representante del Secretario General sobre la situación de
los defensores de los derechos humanos enviaron una comunicación conjunta al Gobierno colombiano con relación al
hecho. Cfr. Comisión de Derechos Humanos, Informe del Relator Especial sobre la independencia de magistrados y
abogados, Sr. Param Cumaraswamy, situaciones en países o territorios específicos, U.N. Doc. E/CN.4/2003/65/Add.1,
25 de febrero de 2003, párr. 37. Por su parte, en su informe anual de 2002, OACNUDH indicó: “De especial
preocupación resulta la situación por la que atraviesan algunos miembros de organizaciones de derechos humanos,
como […] el Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo, quienes, en algunos casos, tuvieron que abandonar su lugar
de trabajo debido a las reiteradas amenazas de que fueron víctimas”. Cfr. Comisión de Derechos Humanos, Informe
del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos sobre la situación de los derechos humanos
en Colombia, U.N. Doc. E/CN.4/2003/13, 24 de febrero de 2003, párr. 103.
169
Cfr. Comunicación de los peticionarios de 20 de diciembre de 2013, presentada ante la Comisión (expediente
de prueba, tomo VI, expediente de trámite ante la Comisión, folio 13122); Documento con el título “Por qué ladran
los perros?” con fecha 17 de septiembre de 2003 (expediente de prueba, tomo I, anexo al Informe de Fondo, folios
2914 a 2918), y Declaración de Jomary Liz Ortegón Osorio de 2 de mayo de 2022, rendida ante fedatario público
(expediente de prueba, tomo XXXIII, affidávits, folio 44646). El Estado, en su escrito de contestación de 17 de mayo
de 2022, presentado en el trámite ante esta Corte, indicó que “[e]s cierto que el comunicado publicado inclu[ía]
declaraciones aparentemente pronunciadas por” las Autodefensas Unidas de Colombia (expediente de fondo, tomo
II, folio 1068).
170
Cfr. Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la No Repetición, informe final “Hay futuro
si hay verdad”: hallazgos y recomendaciones, Bogotá, 28 de junio de 2022, págs. 395 y 396 (expediente de prueba,
tomo XLII, anexo al escrito de CAJAR y CEJIL de 10 de abril de 2023, folios 47346 y 47347):
[E]n el 2003, cuando un grupo de organizaciones no gubernamentales (ONG) de derechos humanos
publicó el informe “El embrujo autoritario”, crítico de las políticas del Gobierno, el presidente Uribe
pronunció un enérgico discurso que fue transmitido por todos los canales de televisión en el horario de
mayor sintonía, refiriéndose a los defensores de derechos humanos como [“][p]olitiqueros al servicio
del terrorismo, que cobardemente se agitan en la bandera de los derechos humanos, para tratar de
devolverle en Colombia al terrorismo el espacio que la fuerza pública y que la ciudadanía le han
quitado[”] […].
171
Cfr. Declaración de Reinaldo Villalba Vargas de 28 de abril de 2022, rendida ante fedatario público (expediente
de prueba, tomo XXXIII, affidávits, folio 44596), y Declaración de Jomary Liz Ortegón Osorio de 2 de mayo de 2022,
rendida ante fedatario público (expediente de prueba, tomo XXXIII, affidávits, folio 44646). En su declaración, el
abogado Villalba Vargas señaló que la labor del Colectivo, “en la década de 2000”, “se orientó a hacer visible y
defender a las víctimas de las manifestaciones de la política de seguridad democrática”.
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