RESOLUCIÓN DEL PRESIDENTE DE LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS DE 29 DE MAYO DE 2023 CASO MIEMBROS DEL SINDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES DE ECASA (SUTECASA) VS. PERÚ VISTO: 1. Que las presuntas víctimas de este caso están divididas en tres grupos, según sus representantes. El primer grupo de presuntas víctimas es representado por las y los Defensores Públicos Interamericanos María Cristina Meneses Sotomayor, Luis Gómez Núñez, Leonardo Cardozo de Magalhães y Renée Mariño Álvarez (en adelante también “primer grupo de Defensores Públicos Interamericanos”); el segundo grupo de presuntas víctimas es representado por los señores Santiago Cantón y Eduardo Naranjo (en adelante también “representantes Cantón y Naranjo”), y el tercer grupo de presuntas víctimas es representado por los Defensores Públicos Interamericanos Sabrina Bohm y Javier Esteban Mogrovejo Mata (en adelante también “segundo grupo de Defensores Públicos Interamericanos”) 1. 2. El escrito de sometimiento del caso y el Informe de Fondo de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (en adelante “la Comisión Interamericana” o “la Comisión”); los escritos de solicitudes, argumentos y pruebas (en adelante “escrito de solicitudes y argumentos”) presentados por el primer grupo de Defensores Públicos Interamericanos y por los representantes Cantón y Naranjo; el escrito de interposición de excepciones preliminares y contestación al sometimiento del caso y al escrito de solicitudes y argumentos (en adelante “escrito de contestación”) del Estado de Perú (en adelante “Perú” o “el Estado”), y la documentación anexa a esos escritos, así como los escritos de observaciones a las excepciones preliminares formulados por los representantes Cantón y Naranjo y por la Comisión Interamericana. 3. La nota de Secretaría de 23 de marzo de 2022, mediante la cual, siguiendo instrucciones de la Presidencia de la Corte, se declaró procedente la solicitud hecha a través del primer grupo de Defensores Públicos Interamericanos, mediante la cual las presuntas víctimas que representan solicitaron acogerse al Fondo de Asistencia Legal de Víctimas de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. 1 En el presente caso la Comisión Interamericana informó que Raúl Gonzáles y José Guillermo Chulles actuaron como parte peticionaria en el trámite ante esa instancia. Luego del sometimiento del caso ante la Corte, el señor Gonzáles Rodríguez informó que, en su calidad de Secretario General del Sindicato, ejercía la representación de sus asociados. Por su parte el señor Chulles Espinoza, indicó que representaba a un grupo de presuntas víctimas y solicitó, el 26 de febrero de 2021, la designación de Defensores Públicos Interamericanos, razón por la cual fueron nombrados Renée Mariño Álvarez, María Cristina Meneses, Leonardo Cardoso de Magalhes y Luis Gómez. Luego, mediante comunicaciones de 31 de mayo, 21 de julio y 9 de septiembre de 2022, los abogados Eduardo Naranjo y Santiago Cantón informaron a la Corte que fueron designados para representar a un grupo de presuntas víctimas. Finalmente, el 19 de junio de 2022, luego de vencido el plazo para presentar el escrito de solicitudes y argumentos, el señor Raúl Gonzáles solicitó la designación de Defensores Públicos Interamericanos. En virtud de lo anterior, se designó a la señora Sabrina Bohm y al señor Javier Mogrovejo.

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