VOTO SEPARADO DEL JUEZ A.A. CANÇADO TRINDADE 1. A través de mi voto vengo a contribuir a la adopción, por parte de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, de la presente Sentencia en el caso Ximenes Lopes versus Brasil. Dada la particular relevancia de la materia examinada por la Corte, me veo en la obligación de dejar consignadas, en el presente Voto Separado, mis reflexiones personales sobre lo tratado por la Corte en esta Sentencia, como fundamento de mi posición al respecto. Lo hago, como ya es costumbre en esta Corte, bajo la impiadosa presión del tiempo, sin haber dispuesto más que de algunas horas para la elaboración y presentación de este Voto. A propósito de lo mencionado, abordaré, en el presente Voto Separado, los siguientes puntos: a) la centralidad del sufrimiento de las víctimas en el Derecho Internacional de los Derechos Humanos; b) el reconocimiento de la responsabilidad internacional del Estado demandado; c) el derecho de acceso a la justicia lato sensu en la indisociabilidad entre los artículos 25 y 8 de la Convención Americana; d) el derecho de acceso a la justicia como derecho a la pronta prestación jurisdiccional; e) la aplicabilidad de los hechos lesivos; y f) la necesidad de ampliación del contenido material del jus cogens. I. La Centralidad Del Sufrimiento De Las Víctimas En El Derecho Internacional De Los Derechos Humanos. 2. Hay casos de violaciones de derechos humanos que evocan tragedias, revelando la perenne actualidad de estas últimas, como propias de la condición humana. Para recordar dos antecedentes, en mi Voto Separado en el caso Bámaca Velásquez versus Guatemala (mérito, Sentencia del 25.11.2000) ante esta Corte, me sobrevino a la mente la célebre tragedia de Antígona de Sófocles (párrafos 8-9). En mi Voto Separado en el caso Bulacio versus Argentina (mérito y reparaciones, Sentencia del 18.09.2003) me permití hacer referencia a Ajax y a Filoctetes de Sófocles (párrafos 8 y 16), a la desesperación de Hécuba de Eurípides (párrafo 22), a Agamenon de Esquilo (párrafos 26), y a las Euménides (la última obra de la trilogía Orestíada) de Esquilo (párrafo 32). 3. El presente caso Ximenes Lopes versus Brasil es otro caso que contiene ingredientes trágicos que me hacen recordar inmediatamente las imperecibles y tan actuales tragedias griegas. El recuerdo vino a mi mente, por ejemplo, con la declaración testimonial de la hermana de la víctima (Sra. Irene Ximenes Lopes Miranda), durante la audiencia pública sobre el cas d'espèce ante esta Corte, los días 30 de noviembre y 1º de diciembre de 2005. La mencionada conmovedora declaración de Irene me hizo acordar al personaje Electra, tanto de Sófocles como de Eurípides. La Electra de Eurípides estaba mucho más orientada hacia la justicia probada1, mientras que la Electra de Sófocles se deja abatir, previamente y en un grado mucho mayor, por el dolor ante el anuncio (aunque falso) de la muerte de su hermano. 4. La Electra de Sófocles se descompuso al ver en la urna las cenizas que creía eran de su hermano Orestes (no lo eran), y recordó en desesperación su afecto por él (sin saber que estaba vivo), antes de buscar la justicia privada, como era la práctica habitual en su tiempo. Al tocar dichas cenizas, se lamentó en sollozos: 1 . Euripides, Electra and Other Plays, London, Penguin, 2004 [reed.], pp. 131-174.

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